Operadores de ferias de trueque, mercados de pulgas y eventos especiales (Publicación 111)
Vendedores y proveedores

Información que le debe proporcionar al operador

Puede utilizar el formulario CDTFA‑410‑D, Swap Meets, Flea Markets, or Special Events Certification to Operator (Certificación para operadores de ferias de trueque, mercados de pulgas o eventos especiales) para darle la información obligatoria al operador del evento donde venda sus artículos. También puede conseguir este formulario llamando a nuestro Centro de Servicio al Cliente al 1‑800‑400‑7115 (TTY:711).

¿Qué vendedores deben tener un permiso de vendedor?

Quienes venden mercancía nueva o usada en California, incluidos artículos artesanales, suelen estar obligados a tener un permiso de vendedor. Los vendedores que estén obligados a tener permisos les deben dar a los operadores, por escrito, su:

  • Nombre legal
  • Dirección postal
  • Número de teléfono
  • Número de licencia de conducir o documento de identificación (ID) emitido por el estado, con el nombre del estado emisor
  • Descripción de los artículos vendidos o exhibidos
  • Número de permiso del vendedor

Si bien no es obligatorio, le recomendamos que le dé una copia de su permiso de vendedor al operador del evento.

Requisitos de permisos para vender en ubicaciones temporales

Tiene que registrarse para un permiso secundario para la ubicación temporal desde donde va a vender sus bienes, incluso si ya tiene un permiso de vendedor para su domicilio comercial permanente. Declarará las ventas realizadas en estas ubicaciones al presentar sus declaraciones del impuesto sobre las ventas y el uso.

Ofrecemos varias formas sencillas para que se registre y obtenga un permiso secundario. Puede solicitarlo:

  • En línea; o
  • Personalmente, en cualquiera de nuestras oficinas. Indique que desea registrarse y obtener un permiso secundario para su ubicación o ubicaciones de venta temporales.

Si necesita ayuda, comuníquese con nuestro Centro de Servicio al Cliente al 1‑800‑400‑7115 (TTY:711). Nuestros representantes de servicio al cliente están disponibles de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 5:00 p. m. (hora del Pacífico), excepto los días festivos estatales.

Al registrarse para estas ubicaciones temporales, se asegurará de que las ciudades y condados reciban los impuestos locales y de distrito correspondientes.

¿Qué debo hacer cuando termine el evento?

Debe avisarnos por escrito, por teléfono o visitando alguna de nuestras oficinas si ha dejado de realizar ventas en una ubicación comercial, incluida una ubicación de venta temporal registrada bajo su cuenta.

Vendedores que no están obligados a tener un permiso de vendedor

Es posible que algunos vendedores no estén obligados a tener un permiso de vendedor. Puede utilizar el formulario CDTFA‑410‑D para darle la información obligatoria al operador del evento donde venda sus artículos. También puede conseguir este formulario llamando a nuestro Centro de Servicio al Cliente al 1‑800‑400‑7115 (TTY:711).

Si no está obligado a tener un permiso de vendedor, debe demostrar que:

  • Es un vendedor ocasional;
  • Todas sus ventas minoristas están exentas de impuestos; y/o
  • Vende solamente artículos comprados a minoristas comprendidos en la sección 6015.*

Desde el 1 de enero de 2022, los vendedores ambulantes** ya no califican como personas no obligadas a tener un permiso de vendedor.

Los vendedores que entren en los supuestos 2 o 3 deben describir los artículos que vendan e indicar que no tienen que pagar impuestos por esas ventas.

* Vea la sección 6015 del Código de Ingresos e Impuestos (R&TC),
**Vea la sección 6018.3 del R&TC, Vendedores ambulantes veteranos.

Vendedores ocasionales

Debido a la cantidad, el alcance y las características de sus actividades de venta, algunos vendedores no están obligados a tener un permiso de vendedor. Por ejemplo, alguien que realiza ventas en una feria de trueque no más de dos veces al año porque su residencia le prohíbe realizar ventas de garaje podría considerarse vendedor ocasional*.

*Vea el Reglamento 1595, Occasional Sales—Sale of a Business—Business Reorganization (Ventas ocasionales, venta de una empresa, reorganización empresarial).

Vendedores que hacen solo ventas exentas

Algunos vendedores no están obligados a tener un permiso de vendedor porque todas sus ventas están exentas del impuesto sobre las ventas y el uso. Por ejemplo, si solo venden frutas o verduras frescas u otros productos alimenticios fríos "para llevar", no necesitan un permiso de vendedor. Sin embargo, los vendedores de alimentos fríos sí necesitan un permiso de vendedor si:

  • Venden alimentos para ser consumidos en lugares donde se cobra entrada;
  • Venden bebidas carbonatadas o alcohólicas; o
  • Proporcionan mesas, sillas, mostradores u otras instalaciones para que sus clientes consuman alimentos.

Vea el Reglamento 1602Food Products (Productos alimenticios), el Reglamento 1603Taxable Sales of Food Products (Ventas de productos alimenticios sujetas a impuestos) y la publicación 22Dining and Beverage Industry (La industria de restaurantes y bebidas) para obtener más información sobre las ventas de alimentos y bebidas.

Minoristas comprendidos en el artículo 6015

Algunos vendedores no están obligados a tener un permiso de vendedor porque solo venden productos comprados a proveedores que habilitamos como minoristas comprendidos en el artículo 6015*. Normalmente, los minoristas de la sección 6015 incluyen empresas de marketing multinivel que promocionan ventas a través de una red de vendedores individuales (también conocidos como vendedores, agentes o representantes). Estos vendedores están obligados a informar el nombre de los proveedores de sus productos (los minoristas de la sección 6015) a los operadores del evento o mercado de pulgas en el que pretendan vender. Si usted es agente de una compañía considerada minorista de la sección 6015, la compañía nos pagará el impuesto sobre las ventas por usted. El minorista de la sección 6015 se considera el minorista, y es responsable de cobrar el impuesto sobre las ventas sobre el precio sugerido de venta al por menor cuando le vende los artículos a usted. Si no está seguro de estar vendiendo en nombre de un minorista de la sección 6015, comuníquese con el minorista o distribuidor en cuestión para saber si está registrado con nosotros como minorista de la sección 6015.

*Vea la sección 6015 del R&TC.

Vendedores ambulantes calificados (esta ley quedó fuera de vigor el 31 de diciembre de 2021)

La ley autorizó el programa de vendedores ambulantes veteranos* del 1 de abril de 2010 al 31 de diciembre de 2021. Durante este periodo, algunos veteranos de los EE. UU. eran considerados "vendedores ambulantes calificados". Eran los consumidores de los productos que vendían en determinadas condiciones. Como consumidores, los vendedores ambulantes calificados no estaban obligados a tener un permiso de vendedor.

Había algunas excepciones. Los vendedores ambulantes veteranos que se dedicaban a negocios de catering o máquinas expendedoras, o que vendían bebidas alcohólicas o artículos sueltos por más de $100, no se consideraban "vendedores ambulantes calificados" y, por lo general, estaban obligados a obtener un permiso de vendedor y declarar y pagar impuestos por sus ventas.

Desde el 1 de enero de 2022, los vendedores ambulantes veteranos que solían calificar para la exención anterior ahora están obligados a obtener un permiso de vendedor, presentar declaraciones del impuesto sobre las ventas y el uso y pagar impuestos por sus ventas a los clientes en California.

*Vea la sección 6018.3 del R&TC.

Si no está seguro de que necesita un permiso de vendedor o de si sus ventas están sujetas a impuestos, puede comunicarse con nuestro Centro de Servicio al Cliente para que lo ayudemos al 1‑800‑400‑7115 (TTY:711). Nuestros representantes de servicio al cliente están disponibles de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 5:00 p. m. (hora del Pacífico), excepto los días festivos estatales.

Revisión febrero 2024