Teléfonos celulares y otros dispositivos de telecomunicación inalámbrica
(Publicación 120)

Esta publicación explica cómo se aplican los impuestos a las ventas de teléfonos celulares, dispositivos de telecomunicación inalámbrica y accesorios vendidos con esos dispositivos.

El Regulation 1585, Cellular Telephones, Pagers, and Other Wireless Telecommunication Devices (Reglamento 1585, Teléfonos celulares, buscapersonas y otros dispositivos de telecomunicación inalámbrica), describe cómo se aplican los impuestos a las ventas de teléfonos celulares y otros dispositivos de comunicación inalámbrica. El tipo de transacción determina cómo se aplican los impuestos a los teléfonos celulares u otros dispositivos inalámbricos. Consideramos las ventas de teléfonos celulares u otros dispositivos inalámbricos como "unbundled" (sin paquetes) o "bundled" (en paquetes) dependiendo de si el comprador está obligado a firmar un contrato de servicio como condición para la venta.

Transacción sin paquete

Puede vender un teléfono celular sin exigirle a su cliente que adquiera un contrato de servicios. Esta es una transacción sin paquete. Cuando vende un teléfono celular en una transacción sin paquete, se aplican los impuestos a los ingresos brutos reales que recibe de su cliente, igual que en la venta normal de bienes muebles tangibles.

Transacción en paquete

Puede exigirle a su cliente que adquiera un contrato de servicios de más de un mes (normalmente uno o dos años) con un proveedor de servicios específico para adquirir un teléfono celular con descuento, o incluso sin costo. Esta es una transacción en paquete y suele ser el tipo de venta de teléfonos celulares más común. No importa si el dispositivo y el servicio se venden por un precio único o si se detallan por separado en la factura de venta. Para aplicar impuestos en una transacción en paquete, debe conocer el "precio de venta sin paquete" del dispositivo vendido.

Precio de venta sin paquete

El precio de venta sin paquete es:

  • El precio de venta que normalmente cobra por ese teléfono celular cuando lo vende sin requerir también la compra de un contrato de servicios (una transacción sin paquete), o
  • Si no se puede determinar lo anterior con base en sus registros, el precio justo de venta al por menor. Consideramos que el costo del teléfono celular más un margen de ganancia del 18% es un precio justo de venta al por menor.

¿Cómo se determina el impuesto?

Como se indicó anteriormente, en una transacción sin paquete, el impuesto se aplica a los ingresos brutos reales que usted recibe de su cliente cuando vende un teléfono celular.

En una transacción en paquete, el impuesto se calcula según del precio de venta sin paquete del teléfono celular, no según el precio de venta con descuento que realmente cobra al cliente. Incluso si el teléfono celular es gratuito para el cliente al adquirir un contrato de servicios, el impuesto sobre las ventas se caclula con base en el precio de venta sin paquete.

Nota: El impuesto calculado sobre un precio más alto que el que su cliente realmente paga puede confundir a su cliente, pero es correcto. Y recuerde que usted debe el impuesto basado en el precio de venta sin paquete, independientemente de si recibe o no el reembolso de impuestos de su cliente.

Accesorios

En ocasiones, los minoristas incluyen accesorios "gratuitos" como cargadores y adaptadores al vender teléfonos celulares. El Reglamento 1585 no aborda los accesorios. Sin embargo, cuando un minorista ofrece un accesorio gratuito a un cliente con la compra de un teléfono celular, lo consideramos como un artículo adicional según la subdivisión (c) del Reglamento 1670. La venta que se realiza es tanto del artículo comprado como del artículo adicional.

Si un cliente compra un teléfono celular en una operación en paquete y recibe un accesorio gratuito, el precio de venta sin paquete sigue siendo el precio al que vendió ese teléfono celular específico a otros clientes en operaciones sin paquetes, independientemente de si dichas ventas incluyeron accesorios gratis. De igual manera, si utiliza el precio justo de venta al por menor para establecer el precio de venta sin paquete, debe aplicar el margen del 18% solo al costo del teléfono celular, no al costo combinado del teléfono celular y el accesorio.

Cuando vende un accesorio con un teléfono celular y cobra un monto establecido por separado por el accesorio, el impuesto se aplica a los ingresos brutos que recibe del cliente por el accesorio, tal como en una venta de bienes muebles tangibles normal.

Venta de dispositivos inalámbricos obsoletos

Al vender un dispositivo inalámbrico obsoleto, ya sea en una transacción en paquete o sin paquete, el impuesto se basa en el precio de venta real del dispositivo. Un dispositivo inalámbrico obsoleto es aquel que está funcional o económicamente obsoleto.

Venta de teléfonos celulares a menos del 50% del costo

Si el precio de venta sin paquete de un teléfono celular (no obsoleto) es inferior al 50% del costo, consideramos que usted es consumidor del teléfono. Por lo tanto, el impuesto se calcula sobre el costo del teléfono celular. No puede cobrarle impuestos a su cliente por este tipo de transacción. Debe pagar impuestos sobre el costo que le representó el teléfono celular.

Nota: Esta es una rara excepción a las reglas generales, y los minoristas a menudo creen que se aplica erroneamente. Recuerde que, para que se aplique esta regla, el precio de venta sin paquete del teléfono celular debe ser inferior al 50% de su costo, no el precio con descuento aplicado en una transacción en paquete. Es extremadamente inusual que el precio de venta sin paquete de un teléfono celular (no obsoleto) sea inferior al 50% de su costo.

¿Los costos de activación del teléfono celular están sujetos a impuestos?

Las tarifas de activación única y los cargos por servicio inalámbrico generalmente no están sujetos a impuestos.

Nota: Esta publicación resume la legislación y las regulaciones aplicables vigentes al momento de su redacción, como se indica a continuación. Sin embargo, es posible que se hayan producido cambios en la legislación o las regulaciones desde entonces. En caso de un conflicto entre el texto de esta publicación y la ley, las decisiones se basarán en la ley y no en esta publicación.

Cargos locales y recargos por llamadas al 911 y al 988

Ciertos pequeños vendedores de servicios de telefonía celular (MTS) prepaga no están obligados a cobrar las tarifas locales a sus clientes. Sin embargo, estos vendedores sí están obligados a cobrar los recargos por llamadas al 911 y al 988 sobre sus ventas de MTS prepaga a los consumidores, incluso si estas ventas de MTS prepaga están por debajo del límite establecido para la recaudación de cargos locales. Un pequeño vendedor de MTS prepaga es aquel que (distinto de un proveedor de servicios de telecomunicaciones) vendió menos de $15,000 en MTS prepaga durante el año calendario anterior. El límite anual de ventas se basa en el total de todos los establecimientos minoristas operados por el vendedor y está sujeto a ajustes anuales. Sin embargo, dado que los consumidores siguen siendo responsables de los cargos locales, como cortesía a sus clientes, los pequeños vendedores podrá continuar voluntariamente cobrando y recaudando los cargos locales e informándonos los importes.

Para obtener más información sobre este programa, consulte nuestra Tax Guide for Sellers of Prepaid Mobile Telephony Services (MTS) and Telecommunications Services Suppliers (Guía de Impuestos para vendedores de servicios de telefonía celular [MTS] prepaga y proveedores de servicios de telecomunicaciones).

Actualizado en marzo de 2025