Programa de compradores calificados
Preguntas frecuentes (FAQs por sus siglas en inglés)

¿Qué es el impuesto sobre el uso?

Generalmente, el impuesto sobre el uso aplica cuando una persona o negocio en California compra mercancía tangible para usar, consumir, regalar o almacenar en California. La mayoría de las transacciones sujetas al impuesto sobre el uso implican mercancía comprado de un minorista localizado fuera de California u ordenado de un minorista de California pero enviado desde fuera de California. Aunque el impuesto sobre el uso se impone al comprador, los minoristas dedicados a negocios en este estado les requieren recaudar el impuesto sobre el uso. Además, ciertos minoristas pueden registrarse voluntariamente para recaudar el impuesto sobre el uso para sus ventas en California. Si el impuesto sobre las ventas aplicaría a un artículo comprado en California, el impuesto sobre el uso aplicaría a una compra parecida de un minorista fuera del estado.

¿Cuál es la diferencia entre el impuesto sobre las ventas y lo del uso?

El impuesto sobre las ventas se impone a los minoristas y generalmente se impone a las ventas hechos en este estado. Minoristas pueden recaudar un reembolso de sus clientes para las transacciones sujetas al impuesto sobre las ventas. El minorista tiene la responsabilidad para declarar y pagar el impuesto al estado. Como se ha comentado anteriormente, el impuesto sobre el uso aplica a la mercancía tangible comprada para el uso en California. Sin embargo, el impuesto sobre el uso no aplica a una transacción sujeta al impuesto sobre la venta. Cuando el impuesto sobre el uso aplica a una transacción y no está recaudado por un minorista dedicado a negocios en este estado o autorizado a recaudar el impuesto, posiblemente le requerirá al comprador a declarar y pagar el impuesto sobre el uso al estado. La tasa del impuesto sobre el uso es la misma al impuesto sobre la venta para la ubicación dónde el almacenamiento, uso u otro consumo de los artículos ocurre.

¿Quién le considera un comprador calificado?

Antes del 1 de enero de 2024, un comprador calificado es una persona que gana por lo menos $100,000 de ingresos brutos por las operaciones de su negocio cada año.

Del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2028 un comprador calificado es la persona que hace compras de más de $10,000 sujetas al impuesto sobre el uso (excluyendo vehículos, embarcaciones o aeronaves) por año natural si el impuesto sobre el uso de estas compras no ha sido pagado a un minorista dedicado a negocios en este estado o autorizado a recaudar el impuesto.

En el 1 de enero de 2029, la definición de un comprador calificado será la persona recibiendo por lo menos $100,000 de ingresos brutos por año natural de las operaciones de los negocios. A los compradores calificados les requieren reportar y pagar el impuesto sobre el uso debido por compras hechos de minoristas fuera del estado sin pagar impuesto.

Pienso que cumplo con el requisito de un comprador calificado. ¿Qué hago ahora?

Comenzando el 1 de enero de 2024, si hizo más de $10,000 de compras sujetos al impuesto sobre el uso (excluyendo los vehículos, embarcaciones o aeronaves) en el año natural anterior y el impuesto sobre el uso no ha sido pagado a un minorista dedicado a negocios en este estado o autorizado a recaudar el impuesto, usted debe registrarse con nosotros como un comprador calificado. A partir del 1 de enero de 2029, si los ingresos brutos de su negocio son más de $100,000 por año, necesita registrarse con nosotros. Puede registrarse con nuestros servicios en línea.

¿Debo registrarme si no realizo ninguna compra sujeta al impuesto sobre el uso?

A partir del 1 de enero de 2024, hasta el 31 de diciembre de 2028, no. Comenzando del 1 de enero de 2029, si sus ingresos brutos de operaciones en el año natural anterior son mayores a $100,000 por año, se le considera un comprador calificado y debe estar registrado en una cuenta de impuesto sobre el uso de comprador calificado. Debe presentar una declaración incluso si no realizó compras sujetas al impuesto sobre el uso durante el período de declaración. En algunos casos, simplemente ingrese cero como la cantidad de las compras correspondientes al año natural en el que declara.

¿Qué pasa si mis ingresos brutos anuales caen por debajo de $100,000?

Comenzando el 1 de enero de 2029, si sus ingresos brutos de operaciones comerciales caen debajo de $100,000 durante los dos últimos años consecutivos, podrá cerrar su cuenta de impuesto sobre el uso para compradores calificados. Este proceso de cierre no es automático; por lo tanto, puede cerrar su cuenta comunicándose con su oficina local del CDTFA y presentando documentación suficiente que demuestre que sus ingresos brutos de operaciones comerciales han sido inferiores a $100,000 durante los dos últimos años consecutivos.

¿Cómo declaro el impuesto sobre el uso si no estoy obligado a registrarme como comprador calificado o nunca he cumplido con los requisitos de un comprador calificado?

Si no está obligado a tener un permiso de vendedor ni una cuenta de impuesto sobre el uso, la manera más sencilla de pagar el impuesto sobre el uso es declararlo en su Declaración de impuestos estatales de California, disponible en el sitio web del Franchise Tax Board (FTB por sus siglas en inglés). Siga las instrucciones incluidas en su declaración. Complete la hoja de cálculo incluida en dichas instrucciones para determinar el monto de su obligación fiscal.

Mi cuenta de impuesto sobre el uso como comprador calificado se cerró, pero tengo que declarar impuestos sobre el uso. ¿Necesito volver a registrarme?

Después del cierre de su cuenta, si realiza compras más de $10,000 sujetas al impuesto sobre el uso, las cuales no se han pagado al minorista, deberá volver a registrarse y presentar una declaración de impuestos sobre el uso como comprador calificado. A partir del 1 de enero de 2029, si cumple con el requisito de ingresos brutos de $100,000 de la sección 6225 del R&TC, deberá volver a registrarse y presentar una declaración de impuestos sobre el uso como comprador calificado.

Ya cerré mi negocio. ¿Por qué tengo que registrarme?

Si su negocio ha cerrado, pero alcanzó el límite establecido, como se indica en la página de Calificaciones, durante cualquier año natural mientras su negocio estuvo en operación, aún debe registrarse y presentar una declaración para el período en que su negocio estuvo operando. Una vez que presente su declaración, envíe el formulario en inglés CDTFA-345-QP-Web, Actualización del Registro de Comprador Calificado, a su oficina local del CDTFA para notificarnos que su negocio ha cerrado