Hacer negocios en California - Lo que tiene que saber (Publicación 51)
Primeros pasos y presentar su declaración
Crear su negocio
Generalmente, si vende o arrienda mercancía en California, incluso si lo hace temporalmente, tiene la obligación de registrarse con nosotros, presentar declaraciones regularmente y pagar impuestos por sus ventas sujetas a impuestos. Incluso si realiza ventas en línea o temporalmente, como en un evento de recaudación de fondos, una feria o un puesto en un mercado de pulgas, puede que necesite un permiso de vendedor. Estos permisos no son transferibles.
Dependiendo de su actividad comercial, puede necesitar varios permisos o licencias.
Sin embargo, si vende exclusivamente a través de un facilitador de mercado registrado, no es necesario que esté registrado como minorista con nosotros. Debe comunicarse con el facilitador de mercado y pedirle que le facilite documentación que demuestre que el facilitador está registrado con nosotros y que es responsable del impuesto por las ventas realizadas a través de su mercado.
En este sistema en línea, puede imprimir su permiso de vendedor una vez finalizado el registro. En el caso de algunas cuentas de programas de impuestos y cuotas especiales, es posible que el registro de la solicitud se ponga en espera para su revisión. Durante el proceso de revisión, puede iniciar sesión para ver el estado de su solicitud. Una vez terminado el registro, podrá imprimir su permiso o licencia desde nuestro sitio web.
Registrarse en línea
Para acceder a las funciones que se describen a continuación, primero debe crear un nombre de usuario y contraseña. Para ello, seleccione Register (registrarse) en la parte superior derecha en cdtfa.ca.gov. Después de crear el nombre de usuario y contraseña, puede usar cualquiera de nuestros servicios haciendo clic en Login (iniciar sesión).
Presentar su declaración
Use nuestro Online Filing Service (servicio de presentación en línea) para presentar su declaración y pagar los impuestos correspondientes. Puede presentar su declaración en línea para todos los programas tributarios que administramos.
Opciones de pago
La mayoría de los clientes tienen que pagar sus obligaciones tributarias en el momento de presentar la declaración. Aceptamos distintos métodos de pago, como transferencia bancaria directa, transferencia electrónica de fondos (EFT), tarjeta de crédito, cheque o giro postal. También pueden ofrecerse planes de pago. Para más información, consulte nuestra página web Make a Payment or Prepayment (realizar un pago o pago anticipado).
Salvo la Oficina de Transportistas Motorizados, nuestras oficinas no aceptan efectivo como método de pago. Puede comunicarse con alguna de nuestras oficinas locales para pedir una excepción si solo puede pagar sus impuestos con efectivo.
Verificar permisos y licencias
Si un cliente le presenta un certificado de reventa para comprar un artículo para revender, usted debe verificar la validez del número de permiso de vendedor que figure en el certificado de reventa. El sistema de verificación de permisos, licencias o cuentas le ayuda a determinar el estado de un permiso, licencia o cuenta. También puede verificar el estado de licencias de minoristas de cigarrillos y tabaco, buscar si un proveedor de dispositivos electrónicos cubiertos (CED) está registrado para cobrar y pagar la tarifa de reciclaje de desechos electrónicos o consultar quién es el dueño de un tanque de almacenamiento subterráneo.
También puede llamarnos para verificar el permiso de vendedor de su cliente. Use nuestro servicio automático para ingresar el número de permiso o de cuenta o llame a nu estro Centro de Servicio al Cliente.
- Servicio automatizado de verificación de permisos de vendedor: 1-888-225-5263
Puede llamar a esta línea gratuita en cualquier momento para verificar un permiso de vendedor. No podrá comunicarse con un representante del servicio al cliente en este número.
- Centro de Servicio al Cliente: 1‑800‑400‑7115 (TTY:711)
Nuestros representantes de servicio al cliente están disponibles de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 5:00 p. m. (hora del Pacífico), excepto feriados estatales.
Información adicional y contactos
Organizaciones sin fines de lucro
Si bien muchas organizaciones sin fines de lucro y organizaciones religiosas están exentas de pagar impuestos federales y estatales sobre el ingreso, no existe una exención general similar del impuesto sobre las ventas y el uso de California. Generalmente, las ventas y compras de las organizaciones sin fines de lucro están sujetas a impuestos. En otras palabras, a las organizaciones sin fines de lucro y organizaciones religiosas, en general, se las trata igual que a cualquier otro vendedor y comprador de California a los fines del impuesto sobre las ventas y el uso.
Las organizaciones sin fines de lucro generalmente necesitan un permiso de vendedor si realizan ventas de bienes o mercancías en California. Esto se aplica incluso si las ventas no están sujetas a impuestos. En pocos casos, cuando la organización realiza ventas solo ocasionalmente, podemos emitir un permiso de venta temporal. Consulte la publicación 18, Nonprofit Organizations (disponible en español, publicación 18-S, Organizaciones sin fines de lucro) para más información sobre cómo se aplican los impuestos a las organizaciones sin fines de lucro en California.
Pregunte por escrito
Consulte CDTFA-8, Get it in Writing! (Pregunte por escrito) La ley del impuesto sobre las ventas y el uso puede ser compleja, por lo que le recomendamos que nos envíe sus preguntas sobre impuestos por escrito. Esto nos dará más información sobre su situación y puede protegerlo de adeudar impuestos, intereses o multas si recibe información incorrecta. Esta protección no se otorga para el asesoramiento que se da verbalmente, en persona o por teléfono.
Defensor del Contribuyente
La Oficina del Defensor del Contribuyente (TRA, siglas en inglés) ayuda a los contribuyentes cuando no pueden resolver un problema determinado a través de los canales normales, cuando necesitan información sobre los procedimientos relacionados con un conjunto de circunstancias específicas, o en casos de notorias vulneraciones de derechos en los procesos de auditoría o cobro de impuestos o cuotas.
La oficina del TRA celebra reuniones anuales sobre la declaración de derechos de los contribuyentes para escuchar sus sugerencias, comentarios e inquietudes. Estas reuniones le dan la oportunidad de presentar sus ideas, opiniones y problemas relacionados con la administración del CDTFA de sus programas de impuestos y cuotas.
Para suscribirse a la lista de notificación, comuníquese con la Oficina del TRA al 1-888-324-2798 o visite cdtfa.ca.gov/subscribe y marque la casilla Taxpayers' Bill of Rights Meeting (reunión de la declaración de derechos de los contribuyentes) en las opciones de notificación.
Programa de asistencia para apelaciones tributarias
Los contribuyentes que hayan presentado apelaciones ante el CDTFA pueden solicitar asistencia legal gratuita a través de nuestro programa de asistencia para apelaciones tributarias, que está a cargo del defensor del contribuyente. Las personas (apelantes) que hayan presentado apelaciones por menos de $30,000 recibirán asesoramiento de estudiantes de derecho calificados, supervisados por abogados tributarios del CDTFA. Los estudiantes de derecho investigan y redactan escritos de apelación y se ocupan de otros asuntos en nombre del apelante. Se ofrece asistencia legal gratuita a los apelantes calificados para apelaciones relacionadas con el impuesto sobre las ventas y el uso, la ley de licencias de cigarrillos y productos de tabaco, responsabilidad personal, compras de cigarrillos por internet, cuotas de tanques de almacenamiento subterráneo, cuotas del medioambiente, cuotas de generadores, responsabilidad de sucesores y apelaciones aduaneras. Para más información, consulte la publicación 215, Free Legal Help… Do You Qualify? (¿Califica para asesoramiento legal sin costo?)
Consulta educativa para contribuyentes
El Programa de Consulta Educativa para Contribuyentes (TECP) es un programa gratuito pensado para proporcionar educación y asistencia tributaria individualizada a los nuevos contribuyentes que hayan iniciado un negocio en los últimos doce meses y presentado al menos dos declaraciones del impuesto sobre las ventas y el uso. Recibirá una consulta individual de un miembro del equipo calificado que revisará las actividades y el sistema de mantenimiento de registros de su negocio. Las consultas no son auditorías; sin embargo, tendrá que dar al miembro del equipo acceso a sus libros y registros para que pueda proporcionarle la mejor información y ayudarle para que su negocio sea un éxito. Para participar, o para obtener más información y saber si su negocio cumple los requisitos, póngase en contacto con su oficina local para programar una cita.
Acceso igualitario
Estamos comprometidos a brindar acceso público igualitario a nuestros servicios. Puede comunicarse con el Coordinador de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) llamando al 1-916-309-8400 (TTY:711) o por correo electrónico a EEO@cdtfa.ca.gov. Si necesita adaptaciones en virtud de la ADA, también puede comunicarse con su oficina de campo más cercana.
Puede solicitar documentos en formatos alternativos y otras adaptaciones razonables por escrito a nuestro coordinador de la ADA a:
ADA Coordinator, MIC:51Diversity and Inclusion Office
California Department of Tax and Fee Administration
PO Box 942879
Sacramento, CA 94279-0079
Rev. 1-24