Guía Tributaria para Contratistas de Construcción
Ayudar a su negocio a tener éxito es importante para el California Department of Tax and Fee Administration (Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California, CDTFA). Los impuestos que usted recauda y le paga al estado ayudan a financiar los servicios y programas estatales y locales que son de importancia para usted y su comunidad. Reconocemos que entender las cuestiones tributarias relacionadas con los contratistas de construcción puede llevar tiempo y ser complicado, y queremos brindarle la información que necesita para que se pueda concentrar en iniciar y hacer crecer su negocio.
Para ayudarlo a entender mejor las obligaciones fiscales específicas que rigen para los contratistas de construcción, hemos creado esta guía sobre cuestiones y recursos fiscales importantes para su negocio.
Cómo usar esta guía
Cada sección de esta guía contiene información importante para su negocio.
La sección Primeros Pasos ofrece recursos clave relacionados con el registro, la presentación de declaraciones, el mantenimiento de cuentas, y otra información importante que necesita.
La sección Temas de la industria cubre muchos temas en un formato a simple vista que puede expandirse para brindar información más detallada si lo necesita.
La sección Trabajos específicos cubre muchos temas en un formato a simple vista que puede expandirse para brindar información más detallada si lo necesita.
Por último, la sección Recursos brinda enlaces para acceder a una gran cantidad de información, que incluye talleres en línea, formularios y publicaciones, información legal o reglamentaria, y el acceso a la ayuda en vivo de nuestros representantes de servicio al cliente.
Tenga en cuenta que la información incluida es de carácter general y no pretende reemplazar ninguna ley o reglamento.
Si necesita ayuda
Si en algún momento necesita ayuda con los temas incluidos en esta guía (o con otros temas no incluidos), no dude en contactarnos por teléfono o correo electrónico para que lo ayudemos. En la sección Resources [recursos] se encuentra nuestra información de contacto y el horario de disponibilidad.
Si tiene alguna sugerencia para mejorar esta guía, contáctenos por correo electrónico.
Los contratistas de construcción de California que venden o arriendan bienes muebles tangibles, definidos por la ley como aquellos elementos que se pueden ver, pesar, medir, sentir o tocar, están obligados en general a registrarse con nosotros para obtener un permiso de vendedor.
En la mayoría de los casos, si usted celebra contratos de construcción exclusivamente con el gobierno de los Estados Unidos, o es un contratista general que exclusivamente contrata subcontratistas para llevar a cabo contratos de construcción, no está obligado a registrarse para obtener un permiso de vendedor. Sin embargo, si tiene ingresos brutos anuales de al menos $100,000 y todavía no está registrado, debe inscribirse en nuestro Programa de Compradores Calificados. Para más información, consulte nuestra guía tributaria sobre el Programa de compradores calificados.
Ya sea que esté dando sus primeros pasos como contratista de construcción o expandiendo su negocio ya existente, estas herramientas le resultarán útiles para mantener sus cuentas con nosotros.
Registro
Registro en línea — Regístrese con el CDTFA para un permiso de vendedor o una cuenta del impuesto sobre el uso para consumidores, o agregue un sitio comercial a una cuenta ya existente.
Presentaciones y pagos
- Fechas límite de presentación de declaraciones de impuestos — Consulte las fechas límite para presentar sus declaraciones.
- Presentar una declaración de impuestos en línea — ¡El servicio de presentación en línea del CDTFA es fácil, rápido y gratuito!
- Opciones de pago en línea — Realice pagos en línea para los programas de impuestos y cuotas.
- Aviso de cambios en el negocio — Mantenga su información actualizada usando los enlaces siguientes y avisándonos ante cualquier cambio en su negocio.
Impuesto sobre ventas y uso para contratistas de construcción
La manera en la que la ley del impuesto sobre ventas y uso de California se aplica a los contratos de construcción depende del tipo de contrato, de cómo los contratistas compran los materiales, mobiliario, maquinaria y equipo, y de cómo estos últimos instalan dichos elementos bajo contratos para mejorar bienes muebles.
La ley de California considera a los contratistas de construcción consumidores de los materiales que usan y vendedores minoristas del mobiliario que instalan. Ambos de estos conceptos se abordan en la sección ‘Materiales y Mobiliario’ de esta guía.
Permisos
La mayoría de los contratistas de construcción tienen la obligación de registrarse con el CDTFA para obtener un permiso de vendedor, el cual les permite realizar ventas minoristas de bienes muebles tangibles, definidos por la ley como aquellos elementos que se pueden ver, pesar, medir, sentir o tocar.
El permiso de vendedor también le permite emitir certificados de reventa para sus proveedores al realizar compras para la reventa. Emitir un certificado de reventa le permite comprar artículos que pretenda vender, sin pagar impuestos.
Como contratista de construcción, no está obligado a tener un permiso de vendedor si:
- Celebra contratos de construcción exclusivamente con el gobierno de los Estados Unidos, o
- Es un contratista general que contrata subcontratistas exclusivamente para llevar a cabo contratos de construcción, o
- Se dedica exclusivamente a proveer e instalar materiales bajo contratos por suma global.
Impuesto sobre el uso
El impuesto sobre el uso acompaña al impuesto sobre ventas de California, y es debido cada vez que uno le compra artículos imponibles, sin pagar impuestos sobre ventas de California, a un vendedor basado fuera del estado para usarlos en California. También debe impuestos sobre el uso por artículos que retire de su inventario y use en California, cuando no haya pagado impuestos al momento de comprar los artículos. Para pagar el impuesto sobre el uso, declare el precio de compra de los artículos imponibles bajo "Compras sujetas al impuesto sobre el uso" en su declaración de impuestos sobre ventas y uso. Esas compras se vuelven parte del monto total imponible.
Los contratistas de construcción que no están obligados a tener un permiso de vendedor pero tienen ingresos brutos anuales de $100,000 o más, deben registrarse con el CDTFA para una Cuenta del impuesto sobre el uso para consumidores.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Mantenimiento de registros
Los negocios que tienen la obligación de tener un permiso de vendedor porque hacen ventas o compras imponibles en California deben mantener libros y registros, los cuales son necesarios para calcular con precisión sus impuestos por pagar. En la mayoría de los casos, esto se refiere a los "libros contables" normales y a los recibos, facturas, y otros documentos que los respaldan. Además, los dueños y operadores deben mantener los adjuntos y papeles de trabajo que se usan para preparar declaraciones de impuestos.
Adicionalmente, los contratistas deben llevar registro de lo siguiente:
- Facturas de compra, especialmente de compras fuera del estado
- Carpetas de determinación de costo de trabajos
- Registros de facturación, tanto en desarrollo como definitivos
- Todos los documentos que respalden compras o ventas no imponibles
Tipos de contratos
Hay tres tipos básicos de contratos de construcción: contratos por suma global, contratos por tiempo y materiales, y contratos de costo más comisión. Si bien todos son igualmente aceptables y deben elegirse dependiendo de cuán bien funcionen para su empresa, emplear contratos por suma global y pagar impuestos sobre sus compras de materiales y mobiliario puede simplificar el proceso de declaración de impuestos.
Suma global
En un contrato por suma global, usted se compromete a proveer e instalar materiales y/o mobiliario por un precio fijo. Usted paga impuestos sobre el costo de sus materiales cuando los compra y declara impuestos sobre el precio de venta de su mobiliario. Si fabrica usted el mobiliario, el precio de costo es el precio prevaleciente del mobiliario vendido a otros contratistas o, si no es posible determinarlo, es el monto indicado en los catálogos de precios, hojas de oferta u otros registros, o el costo de fabricación incluida su ganancia.
Tiempo y materiales
En un contrato por tiempo y materiales, sus cargos por materiales y/o mobiliario se declaran aparte de sus cargos por instalación o fabricación. Usted paga impuestos sobre el costo de sus materiales cuando los compra, salvo que indique por separado un cargo por impuestos sobre ventas en el precio de venta indicado de los materiales. Si lo hace, luego declara impuestos sobre el precio de venta indicado. Declara impuestos sobre el precio de venta de su mobiliario, que será el precio de venta que haya indicado.
Costo más comisión
En un contrato de costo más comisión, usted detalla el costo del mobiliario y los materiales, que puede incluir impuestos, mano de obra, gastos generales y otros costos, pero no margen de ganancia. También declara una comisión por separado, que se considera que representa mano de obra de instalación no imponible. Usted paga impuestos sobre el costo de sus materiales cuando los compra Y declara impuestos sobre el precio de venta de su mobiliario. Si fabrica usted el mobiliario, el precio de venta es el precio prevaleciente del mobiliario vendido a otros contratistas o, si no es posible determinarlo, es el monto indicado en los catálogos de precios, hojas de oferta u otros registros, o el costo de fabricación incluida su ganancia.
Contratos con el gobierno de los Estados Unidos
Generalmente, cuando celebran contratos con el gobierno de los Estados Unidos, debe pagar impuestos sobre su costo por los materiales y el mobiliario.
TIPO DE ARTÍCULO | FORMA DE COMPRA | SUMA GLOBAL O COSTO MÁS COMISIÓN | TIEMPO Y MATERIALES | TIEMPO Y MATERIALES CON IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS AGREGADO AL PRECIO FACTURADO POR LOS MATERIALES | CONTRATISTAS DE CONSTRUCCIÓN DEL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS |
---|---|---|---|---|---|
MATERIALES | Comprados sin pagar impuestos | Costo | Costo | Precio facturado | Costo |
Comprados pagando impuestos | Ninguno | Ninguno | Exceso del precio facturado sobre el costo | Ninguno | |
Por conversión de inmueble | Ninguno | Ninguno | Precio facturado | Ninguno | |
MOBILIARIO | Comprados sin pagar impuestos | Costo | Precio facturado | Precio facturado | Costo |
Comprados pagando impuestos | Ninguno | Exceso del precio facturado sobre el costo | Exceso del precio facturado sobre el costo | Ninguno | |
Fabricado por el contratista instalador con materiales comprados sin impuestos | Precio prevaleciente para otros contratistas o, si no es posible determinarlo, el monto indicado en los catálogos de precios, hojas de oferta u otros registros, o el costo de fabricación del contratista-fabricante incluida su ganancia. | Precio facturado | Precio facturado | Costo | |
Fabricado por el contratista instalador con materiales comprados pagando impuestos | Exceso del precio prevaleciente, o del costo de fabricación, incluida la ganancia, sobre el costo de los materiales comprados pagando impuestos | Exceso del precio facturado sobre el costo de los materiales comprados pagando impuestos | Exceso del precio facturado sobre el costo de los materiales comprados pagando impuestos | Ninguno |
Materiales
El término materiales tiene un significado legal específico. A los fines de los contratos de construcción, la ley del impuesto sobre ventas y uso de California considera materiales a los bienes que, cuando se combinan con otros bienes, pierden su identidad individual para volverse parte inseparable de bienes inmuebles. Ejemplos de materiales incluyen ladrillos, yeso, madera, ventanas y pintura.
Los contratistas de construcción son generalmente los consumidores de los materiales que usan. Como consumidor, usted debe pagar impuestos sobre su costo de adquisición de los materiales que usa para llevar a cabo los contratos de construcción.
Si fabrica materiales
Si fabrica o procesa materiales antes de su uso o instalación y no es el vendedor minorista de los materiales, no debe pagar impuestos sobre sus costos de fabricación o procesamiento; solo su costo real de los materiales está sujeto a impuestos.
Si los materiales son fabricados por un tercero
Si le paga a otra parte para que fabrique o procese materiales para usted, esos costos son parte de su costo imponible de adquisición de los materiales.
Desde el 1.° de enero de 2013, una nueva ley exige una contribución del (1%) sobre las compras de productos de madera y productos de madera de ingeniería para ser usados en California, basado en el precio de venta de los productos.
La nueva ley alcanza a los vendedores minoristas de productos de madera o productos de madera de ingeniería y a sus compradores, incluso contratistas de construcción, que usan estos productos en California.
Para más información consulte la sección Determinación de impuestos sobre productos de madera de California
Mobiliario
El término mobiliario tiene un significado legal específico. La ley del impuesto sobre ventas y uso de California considera que el mobiliario consiste en aquellos accesorios de un edificio que no pierden su identidad al instalarse. Las unidades de aire acondicionado, gabinetes prefabricados, hornos y carteles son ejemplos de mobiliario.
Los contratistas de construcción son considerados vendedores minoristas del mobiliario que proveen e instalan. Como minorista, usted debe pagar impuestos sobre el precio de venta del mobiliario que provee e instala al llevar a cabo contratos de construcción.
Mobiliario fabricado por otros
Si el contrato indica el precio de venta del mobiliario, el impuesto se aplica a ese precio. Si no se indica el precio, el precio de venta se considera que es el precio de costo que le supone a usted la adquisición del mobiliario (incluyendo cualquier impuesto sobre artículos de uso y consumo o derechos de importación del fabricante que se imponga antes de su venta del mobiliario a su cliente).
Mobiliario fabricado por usted
Si usted fabrica el mobiliario que proveerá e instalará en el marco de un contrato de construcción y el contrato no indica el precio de venta del mobiliario, debe pagar impuestos sobre el precio de costo del mobiliario. El precio de costo será aquel al cual ha vendido mobiliario similar a otros contratistas.
Si no ha vendido mobiliario similar a otros contratistas, el precio de costo será la suma de:
- El costo de los materiales
- Flete sobre compras y/o derechos de importación
- Costo de mano de obra directa, incluyendo beneficios e impuestos sobre la nómina
- Costos de fabricación atribuibles al mobiliario
- Impuestos sobre artículos de uso y consumo del fabricante
- Proporción prorrateada de gastos generales atribuible a la fabricación del mobiliario, y
- Ganancia razonable, que suele ser del cinco por ciento de los costos totales enumerados.
La mano de obra de fabricación en el sitio de la obra y su proporción prorrateada de gastos generales de fabricación deben incluirse en el precio de venta del mobiliario. La mano de obra de fabricación en el sitio de la obra incluye la mano de obra de ensamblaje llevada a cabo antes de fijar el mobiliario al inmueble.
Maquinaria y equipo
La frase maquinaria y equipo tiene un significado legal específico. A los fines de los contratos de construcción, la ley del impuesto sobre ventas y uso de California define a la maquinaria y equipo como aquellos bienes que se usan en la producción, fabricación o procesamiento de bienes tangibles. Ejemplos de maquinaria y equipo incluyen prensas taladradoras, tornos, prensas de impresión y máquinas herramienta.
La maquinaria y equipo es usada para fines que no son esenciales para la estructura a la cual se adhieren. La maquinaria y equipo puede adherirse a una estructura sin perder su identidad, y se pueden retirar de la estructura sin que ni ellos ni la estructura se dañen.
Como contratista de construcción, usted es considerado vendedor minorista de la maquinaria y equipo que provee para llevar a cabo el contrato de construcción.
Si el contrato de construcción solo exige el suministro e instalación de maquinaria y equipo, el impuesto se aplica sobre el precio total del contrato, excluyendo la mano de obra de instalación.
Determinar el precio de venta minorista
Si un contrato por suma global incluye el suministro de materiales, mobiliario y maquinaria y equipo, el impuesto se aplica sobre el precio al cual la maquinaria y equipo se vendería al por menor, incluyendo el costo de entrega en el sitio de la obra. Si el precio de venta de dicha maquinaria y equipo no puede determinarse fácilmente, el precio se determinará a partir de contratos, catálogos de precios, hojas de oferta u otros registros.
Determinar los ingresos brutos
Si usted fabrica la maquinaria y equipo, los ingresos brutos no pueden determinarse de la forma mencionada. Los ingresos brutos de la venta serán una combinación de lo siguiente:
- El costo de los materiales
- Flete sobre compras y/o derechos de importación
- Costo de mano de obra directa, incluyendo beneficios e impuestos sobre la nómina
- Costos de fabricación atribuibles al mobiliario
- Impuestos sobre artículos de uso y consumo del fabricante
- Proporción prorrateada de gastos generales atribuible a la fabricación del mobiliario, y
- Ganancia razonable, que suele ser del cinco por ciento de los costos totales enumerados.
Además, la mano de obra de fabricación en el sitio de la obra y su proporción prorrateada de gastos generales de fabricación deben incluirse en el precio de venta del mobiliario. La mano de obra de fabricación en el sitio de la obra incluye la mano de obra de ensamblaje llevada a cabo antes de fijar el mobiliario al inmueble.
Subcontratistas
En general, los subcontratistas pagan impuestos sobre el costo de los materiales que usan, y sobre el precio de costo, o el precio de venta, del mobiliario, la maquinaria y el equipo que suministran e instalan.
Como contratista principal, sus cargos a clientes por mejoras a inmuebles subcontratadas no son imponibles. El subcontratista es responsable de declarar y pagar el impuesto. Si su cliente le paga al subcontratista directamente, el subcontratista puede facturarle el impuesto a su cliente.
Como contratista general, no le puede dar a su subcontratista un certificado de reventa por materiales o mobiliario instalados bajo un contrato de construcción.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Impuestos locales y de distrito
El sitio de la obra es considerado el domicilio comercial del contratista o subcontratista de construcción.
Es la ubicación donde tendrá lugar la venta del mobiliario y el uso de los materiales. Esta ubicación puede diferir de la sede social de su empresa, por lo tanto, en general se le exige que asigne impuestos locales y de distrito a cada sitio de obra en sus declaraciones.
Impuestos de distrito
Los impuestos de distrito son impuestos adicionales que imponen algunas ciudades y condados por encima de la tasa de impuesto estatal. Actualmente, la tasa estatal es del 7.25%. Usted debe pagar la tasa de impuesto vigente donde instale sus materiales, mobiliario y equipo. Si pagó una tasa más baja en el lugar donde compró sus artículos que la tasa vigente en el lugar donde los instaló, debe pagar la diferencia.
Por ejemplo:
Usted compra materiales en el condado de Orange, donde la tasa actual es del 7.75%.
Instala los materiales en un trabajo en el condado de Los Ángeles, donde la tasa actual es del 9.50%.
Usted deberá impuestos por el 1.75% adicional, y debe pagarlo en su declaración.
(Nota: el ejemplo anterior incluye la tasa estatal del 7.25%, más los impuestos de distrito aplicables del 0.5% y 1 del 2% del condado de Orange y el condado de los Ángeles, respectivamente, vigentes al 10/01/17. Las tasas pueden sufrir modificaciones. Corrobore las tasas vigentes en nuestro sitio web. Vea las tasas de impuestos de las ciudades y condados en la pestaña Resources [recursos]).
Impuesto local
El impuesto local es una porción del impuesto estatal que se le asigna a las ciudades o condados locales. El impuesto local es parte de la tasa estatal general, y no debe pagar nada adicional. Sin embargo, deberá asignar el impuesto local en su declaración del impuesto sobre ventas y uso según la ubicación de su sitio de obra.
Aquí puede encontrar una lista detallada de las tasas de impuestos de las ciudades y condados: California City & County Sales & Use Tax Rates (Tasas del impuesto sobre las ventas y el uso de las ciudades y condados de California)
Exención del impuesto sobre las ventas y el uso para ciertas compras para la construcción de ciertos establecimientos médicos militares y de veteranos
Desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2024, la sección 6369.7 del Revenue and Taxation Code (Código de ingresos e impuestos, R&TC) provee una exención del impuesto sobre las ventas y el uso para la venta y uso de materiales y suministros de construcción comprados por una persona calificada, cuando esta persona calificada los usa para construir un establecimiento calificado).
Una persona calificada es aquella que cumple con una o ambas de las siguientes condiciones:
- Ser una "organización sin fines de lucro calificada", definida como una organización exenta de impuestos bajo el artículo 501(c)(3) del Internal Revenue Code (Código de impuestos interno) que construye un "establecimiento calificado" como regalo para el Departamento de Defensa de los Estados Unidos (USDOD, por sus siglas en inglés) conforme al artículo 2601 del Título 10 del United States Code (Código de los Estados Unidos), o para el Departamento de Asuntos de Veteranos (USDVA, por sus siglas en inglés) conforme al artículo 8301 del Título 38 del Código de los Estados Unidos; y/o
- Es contratista, subcontratista o constructor que trabaja en virtud de un contrato con una "organización sin fines de lucro calificada" para construir un "establecimiento calificado".
Un "establecimiento calificado" es:
- Un establecimiento médico ubicado en una base militar de los Estados Unidos en California, o un hogar residencial temporal para familias de pacientes que reciben atención médica en un establecimiento médico allí ubicado, ya sea como pacientes internados o ambulatorios; o
- Un centro médico del USDVA ubicado en California, o un hogar residencial temporal para familias de pacientes que reciben atención médica en un centro médico del USDVA allí ubicado o como parte de él.
Los materiales de construcción y suministros que pueden comprarse bajo esta exención incluyen cualquier maquinaria, equipo, materiales, accesorios, aparatos, artefactos, muebles, mobiliario y cualquier equipo técnico u otros bienes muebles tangibles de cualquier otra naturaleza o descripción que cumplan con cada una de las siguientes condiciones:
- Son necesarios para construir un establecimiento calificado y equiparlo.
- Se vuelven parte del establecimiento calificado completado.
- Se transfieren al USDOD o al USDVA como regalo, según lo especificado.
La exención no se aplica a las compras de herramientas u otros equipos de construcción que no sean los especificados precedentemente y no cumplan con los tres criterios indicados.
Esta exención fiscal solo se aplica a las ventas y compras realizadas después de la fecha en la que el USDOD o el USDVA acepta la oferta de la organización sin fines de lucro calificada de construir el establecimiento calificado, y hasta la fecha en la que el USDOD o el USDVA acepta el establecimiento calificado construido.
Si usted es un contratista, subcontratista o constructor que trabaja contratado por una organización sin fines de lucro calificada para construir un establecimiento calificado, puede emitirles a sus proveedores un certificado CDTFA-230-C-2, Exemption Certificate for Property Used in the Construction of a Qualified Facility (Certificado de exención para bienes usados para la construcción de establecimientos calificados), para sus compras elegibles de materiales y suministros de construcción.
Si un comprador emite un certificado de exención para sus compras hechas de conformidad con el artículo 6369.7 del R&TC, y posteriormente usa los artículos comprados de una forma que no califique para la exención, será responsable del pago del impuesto (calculado sobre el precio de venta de los bienes), más cualquier interés correspondiente.
Exclusión fiscal del impuesto sobre las ventas y el uso para proyectos relacionados con la California Alternative Energy and Advanced Transportation Financing Authority (Autoridad de financiamiento de energía alternativa y transporte avanzado de California, CAEAFTA)
Los contratistas de construcción (y subcontratistas) pueden usar la exclusión fiscal del impuesto sobre las ventas y el uso que establece el artículo 6010.8 del R&TC para proyectos aprobados para la CAEAFTA, cuando suministran e instalan materiales y/o mobiliario para una parte que participa en el proyecto.
Los contratistas de construcción son generalmente consumidores de los materiales que suministran e instalan en el marco de un contrato de construcción. Por lo tanto, cuando un contratista de construcción compra materiales para usar para la construcción de un proyecto aprobado para la CAEAFTA, debe presentarles a sus proveedores un formulario CDTFA-192– CAEATFA Exclusion Certificate for Sales and Use Tax (Certificado de exclusión del impuesto sobre ventas y uso para proyectos para la CAEATFA).
Por otro lado, los contratistas de construcción son generalmente vendedores minoristas del mobiliario y/o maquinaria y equipo que suministran e instalan. Como minoristas, los contratistas de construcción pueden emitir un certificado de reventa cuando compran mobiliario y/o maquinaria y equipo a sus proveedores. Cuando el contratista de construcción le revende el mobiliario y/o maquinaria y equipo a un contratista principal para su uso en un proyecto aprobado para la CAEAFTA o a una parte que participe en él, debe obtener un formulario CDTFA-192 – CAEATFA Exclusion Certificate for Sales and Use Tax (Certificado de exclusión del impuesto sobre ventas y uso para proyectos para la CAEATFA) para demostrar que la venta califica para la exclusión provista por el artículo 6010.8 del R&TC.
Para más información sobre este programa, visite la sección CAETFA Sales and Use Tax Exclusion (Exclusión del impuesto sobre las ventas y el uso para proyectos para la CAEATFA) de nuestro sitio web.
Contratos por suma global
Asfalto – Instalación de materiales
Spencer es un contratista de construcción que provee asfalto y concreto para clientes residenciales particulares y empresas. Paga impuesto sobre ventas sobre las compras de concreto y asfalto que le realiza a su proveedor de Bakersfield, quien entrega los productos en los sitios de obra de Spencer.
Los contratos de Spencer con sus clientes son contratos por suma global, en los que se compromete a suministrar y esparcir el asfalto o concreto en el sitio de obra especificado en el contrato. Hace más que simplemente entregar los materiales en el sitio de obra; al esparcir el asfalto o concreto, Spencer está haciendo mejoras de bienes inmuebles.
Bajo la ley del impuesto sobre ventas y uso, el concreto y el asfalto son generalmente considerados materiales. Como contratista de construcción, Spencer es consumidor de los materiales que suministra e instala en el marco de contratos de construcción. Como consumidor, Spencer debe pagar impuestos sobre el precio de compra de los materiales que le compra a su proveedor, y no les cobra el impuesto sobre ventas a sus clientes.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Encimeras – Instalación de materiales
Jorge es un contratista de construcción que instala encimeras de granito personalizadas para sus clientes, que suelen ser clientes residenciales particulares y restaurantes. Le compra las encimeras al fabricante, quien las corta previamente acorde a sus especificaciones y se las entrega en sus sitios de obra.
Jorge prefiere hacer contratos por suma global con sus clientes. Sabe que, en la mayoría de los casos, el granito que instala es considerado materiales, porque pierde su identidad como componente separado cuando se lo instala.
Jorge es un contratista de construcción que suministra e instala materiales para sus clientes bajo contratos por suma global. No paga ningún impuesto sobre ventas cuando le compra el granito a su proveedor ubicado fuera del estado, por lo que le paga el impuesto sobre uso al estado basado en el precio de compra del granito y la tasa vigente en su sitio de obra.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Pisos – Instalación de materiales
Bruno es un contratista de construcción que instala pisos de madera y laminados en las casas de sus clientes, bajo contratos por suma global.
Bruno sabe que, como contratista de construcción, en general se lo considera consumidor de los materiales y vendedor minorista del mobiliario que suministra e instala en el marco de sus contratos. Sabe que todos los artículos que usa en sus trabajos contratados (como materiales laminados, linóleo, material de acolchonamiento y zócalos) son considerados materiales bajo la ley del impuesto sobre ventas y uso.
Bruno paga impuesto sobre ventas cuando le compra sus materiales a su proveedor. Habiendo pagado el impuesto sobre ventas, Bruno ya no tiene impuestos por pagar, salvo que su sitio de obra se ubique en un área que tenga una tasa impositiva más alta que la del lugar donde compró los materiales. Bruno ha guardado en favoritos la sección de tasas de impuestos de las ciudades y condados del sitio web del CDTFA, para estar siempre al tanto de las tasas vigentes en sus sitios de obra.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Aquí puede encontrar una lista detallada de las tasas de impuestos de las ciudades y condados: California City & County Sales & Use Tax Rates (Tasas del impuesto sobre las ventas y el uso de las ciudades y condados de California)
Paisajismo – Instalación de mobiliario y materiales
Brian es un contratista de construcción que, por contrato, presta servicios de diseño de jardines y paisajismo. Usa contratos por suma global y le compra plantas, árboles, césped y flores a su proveedor local, quien entrega directamente los artículos en los sitios de obra de Brian.
Brian sabe que, como contratista de construcción, es el consumidor de los materiales y vendedor minorista del mobiliario que suministra e instala en el marco de sus contratos de construcción. Sabe que, bajo la ley del impuesto sobre ventas y uso, los árboles, arbustos, boquillas de riego y cajas de control se consideran mobiliario, mientras que el césped, las flores y tubos de PVC se consideran materiales.
Brian le pagó el impuesto sobre las ventas a su proveedor por todas las compras que necesitó hacer para sus trabajos contratados. Brian sabe que, cuando celebra un contrato por suma global, se considera que el precio de venta del mobiliario es el precio de costo.
Como Brian pagó el impuesto sobre las ventas por la compra de los materiales y el mobiliario y usa un contrato por suma global, no tiene que declarar más impuestos a menos que su sitio de obra se encuentre en una zona con una tasa de impuestos superior a la de la zona donde se compraron los materiales y el mobiliario. Si el sitio de obra se ubica en un área que tiene una tasa impositiva más alta, Brian debe pagar la diferencia entre la tasa más alta y la más baja.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Contraventanas y persianas – Instalación de mobiliario y materiales
Kathryn es una contratista de construcción que instala contraventanas movibles, persianas venecianas y cortinas para clientes residenciales bajo contratos por suma global.
Kathryn sabe que las contraventanas movibles, las persianas venecianas y las cortinas son todas consideradas mobiliario bajo la ley del impuesto sobre ventas y uso. Sabe que los tornillos y elementos de sujeción que usa se consideran materiales. Sabe que, bajo dicha ley, es considerada vendedora minorista del mobiliario y consumidora de los materiales que suministra e instala al llevar a cabo sus contratos por suma global.
Kathryn pagó el impuesto sobre las ventas por todas sus compras del mobiliario y los materiales necesarios para sus trabajos contratados.
En un contrato por suma global, el precio de costo del mobiliario se considera el precio de venta. Dado que Kathryn ha pagado el impuesto sobre las ventas a su proveedor por sus compras de los materiales y el mobiliario, no debe más impuestos, salvo que su sitio de obra se ubique en un área que tenga una tasa impositiva más alta que la del lugar donde compró los materiales y el mobiliario. Si el sitio de obra se ubica en un área que tiene una tasa impositiva más alta, Kathryn deberá pagar la diferencia entre la tasa más alta y la más baja.
Kathryn ha guardado en favoritos la sección de tasas de impuestos de las ciudades y condados del sitio web del CDTFA, para estar siempre al tanto de las tasas vigentes en sus sitios de obra.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Aquí puede encontrar una lista detallada de las tasas de impuestos de las ciudades y condados: California City & County Sales & Use Tax Rates (Tasas del impuesto sobre las ventas y el uso de las ciudades y condados de California)
Paneles solares – Instalación de mobiliario y materiales
Brandon es un contratista de construcción de Sacramento que instala paneles solares montados en bastidores y kits solares independientes para sus clientes. Prefiere firmar contratos por suma global porque le parece más fácil a los fines de declarar sus impuestos.
Brandon, pagando impuestos, le compra paneles solares, módulos de desconexión, inversores y transformadores a un proveedor local que los entrega directamente en su sitio de obra. Compra cables, arneses de cableado, ataduras y conductos en una ferretería local, pagando el impuesto sobre ventas por sus compras.
Su contrato más reciente fue para instalar paneles solares montados en bastidores en el techo de la casa de un cliente en San Bruno.
Brandon sabe que los paneles montados en bastidores, módulos de desconexión de AC y DC, inversores y transformadores se consideran mobiliario. Sabe que los cables, arneses de cableado, ataduras y conductos se consideran materiales. Habiendo leído la publicación 9 del CDTFA, sabe que la ley del impuesto sobre ventas y uso lo considera consumidor de los materiales y vendedor minorista del mobiliario que suministra e instala para llevar a cabo sus contratos de construcción.
Brandon ha pagado impuestos por todas sus compras. Dado que está utilizando un contrato por suma global, no tendría más impuestos que declarar si los materiales necesarios se usaran en un área sin impuestos de distrito o donde la tasa del impuesto de distrito sea inferior a la de Sacramento, que tiene una tasa impositiva del 8.25 por ciento.
San Bruno, sin embargo, tiene una tasa impositiva del 8.75 por ciento. Brandon sabe que el sitio de la obra es el lugar de uso de los materiales y el lugar de venta del mobiliario y, por lo tanto, sabe que es responsable de pagar el 0.50 por ciento adicional en impuestos sobre su costo de los materiales y el mobiliario.
Nota: Las tasas del ejemplo son las vigentes al 10/01/2017. Las tasas pueden cambiar.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Contratos por tiempo y materiales
Gabinetes personalizados – Instalación de mobiliario
Francine es una contratista de construcción que instala gabinetes de cocina personalizados para sus clientes, que suelen ser clientes residenciales particulares. Siempre firma contratos por tiempo y materiales con sus clientes. Le compra los materiales necesarios para fabricar los gabinetes a su proveedor local, emitiendo un certificado de reventa al momento de la compra para que el proveedor no le cobre el impuesto sobre ventas.
Francine sabe que, bajo la ley del impuesto sobre ventas y uso, es considerada vendedora minorista del mobiliario que suministra e instala al llevar a cabo contratos de construcción por tiempo y materiales. También sabe que, dado que como mínimo el 90 por ciento del costo total de la mano de obra y los materiales necesarios para producir los gabinetes de cocina es afrontado antes de la instalación, los gabinetes son considerados “prefabricados” y “mobiliario”.
Como vendedora minorista del mobiliario que suministra e instala para sus clientes, Francine debe pagar impuesto sobre ventas sobre el precio facturado por los gabinetes de cocina prefabricados.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Techos – Instalación de materiales
Antonio es un contratista de construcción que usa contratos por tiempo y materiales con sus clientes para instalar tejamaniles y techos de teja en propiedades residenciales. Sus contratos siempre detallan los cargos por materiales y mano de obra por separado.
Antonio sabe que, como contratista de construcción, es el consumidor de los materiales que suministra e instala en el marco de sus contratos de construcción. Sabe que, legalmente, todos los artículos que usa (como membranas para techo, clavos, tejamaniles y tejas) son considerados materiales.
Como consumidor de los materiales, Antonio sabe que no debe emitir un certificado de reventa cuando los compra, por lo tanto, le paga el impuesto sobre ventas a su proveedor. Habiendo leído la publicación 9 del CDTFA, Antonio nunca les cobra a sus clientes el impuesto sobre las ventas sobre el precio de los materiales indicado por separado.
Habiéndoles pagado el impuesto sobre ventas a sus proveedores por su compra de los materiales, Antonio ya no tiene impuestos por pagar, salvo que su sitio de obra se ubique en un área que tenga una tasa impositiva más alta que la del lugar donde compró los materiales. Antonio ha guardado en favoritos la sección de tasas de impuestos de las ciudades y condados del sitio web del CDTFA, para estar siempre al tanto de las tasas vigentes en sus sitios de obra.
Para más información, consulte la publicación 9, Contratistas de construcción general y de edificios.
Aquí puede encontrar una lista detallada de las tasas de impuestos de las ciudades y condados: California City & County Sales & Use Tax Rates (Tasas del impuesto sobre las ventas y el uso de las ciudades y condados de California)
¿Necesita más información? Ingrese a los enlaces siguientes para acceder a más información sobre los temas tratados en esta guía, y a otra información que puede serle de utilidad:
Los tres recursos principales
- Publicación 9, Construction and Building Contractors (Contratistas de construcción general y de edificios)
- Reglamento 1521, Construction Contractors (Contratistas de Construcción)
- Audit Manual, Chapter 12, Construction Contractors (Manual de auditoría, capítulo 12, Contratistas de Construcción)
Formularios
- CDTFA-230-M, Partial Exemption Certificate for Manufacturing and Development Equipment (Certificado de exención parcial para equipo de fabricación y desarrollo)
- CDTFA-230-MC, Construction Contractors – Partial Exemption Certificate for Manufacturing, Research and Development Equipment (Contratistas de construcción - certificado de exención parcial para equipo de fabricación, investigación y desarrollo)
Otros recursos útiles
- Contáctenos — Un listado de los contactos del CDTFA para atender sus preguntas y preocupaciones.
- Regístrese para recibir actualizaciones del CDTFA — Suscríbase a nuestras listas de correo electrónico y reciba las últimas novedades, boletines informativos, actualizaciones de impuestos y cuotas, agendas de reuniones públicas y otros anuncios.
- Videos y guías de procedimiento — Estos recursos lo ayudarán a evitar errores comunes, presentar sus declaraciones de impuestos en línea y más.
- Tasas de impuestos de las ciudades y condados — Un listado de las tasas de impuestos vigentes e históricas.
- Notificaciones especiales — Las notificaciones del CDTFA se emiten cuando hay cambios en la ley, en las tasas de impuestos, o en los procedimientos del CDTFA.
- Servicios en línea del CDTFA — Conozca los servicios en línea que ofrece el CDTFA.
- Verifique un permiso o licencia — Puede usar esta aplicación para verificar un permiso de vendedor, una licencia de vendedor minorista de cigarrillos y productos de tabaco, una cuenta de generación de desechos peligrosos eWaste, o una cuenta de cuota de mantenimiento de tanque de almacenamiento subterráneo.
- Oficinas del CDTFA — Una lista comprensiva de todas las oficinas e información de contacto del CDTFA.
- ¡Pregunte por escrito! — La ley de impuestos sobre ventas y uso puede ser compleja, y lo alentamos a que nos envíe sus preguntas sobre impuestos por escrito.
- Defensor del Contribuyente (TRA, por sus siglas en inglés) — La oficina del TRA ayuda a los contribuyentes cuando no pueden resolver un problema determinado a través de los canales normales, cuando necesitan información sobre los procedimientos relacionados con un conjunto de circunstancias específicas, o en cuando existan aparentes violaciones de derechos.
- Guía tributaria para pequeñas empresas de construcción del Servicio de impuestos internos (IRS) – Guías del IRS que brindan orientación sobre temas exclusivos de la industria de la construcción.
- Guía sobre impuestos locales y de distrito para minoristas – Guía tributaria para vendedores minoristas sobre cómo cobrar, declarar y pagar correctamente los impuestos locales y de distrito.