Guía tributaria para operadores y dueños de licorerías
Temas de la industria

Cuestiones básicas

Impuestos sobre las ventas y el uso en general

En California, todas las ventas están sujetas a impuestos salvo que la ley provea una exención específica. En la mayoría de los casos, las ventas sujetas a impuestos son de bienes muebles tangibles (definidos por la ley como artículos que se pueden ver, pesar, medir, percibir o tocar).

En el caso de las licorerías, la mayoría de las ventas sujetas a impuestos consisten en bebidas. No obstante, es posible que también deba pagar el impuesto sobre las ventas por la venta de otros artículos, como alimentos sujetos a impuestos, revistas y periódicos. Puede cobrar el reembolso del impuesto sobre las ventas a sus clientes por estas ventas sujetas a impuestos.

Si consume o regala artículos sujetos a impuestos (por ejemplo, gaseosas o bebidas alcohólicas) que compró sin pagar el impuesto sobre las ventas, debe pagar un importe equivalente del impuesto sobre el uso (que tiene la misma tasa que el impuesto sobre las ventas) en función del costo de esos artículos para usted. Para más información sobre el impuesto sobre el uso, vea la publicación 110, California Use Tax Basics (disponible en español, publicación 110-S, Cuestiones básicas del impuesto sobre el uso de California).

Permiso de vendedor

La mayoría de las personas que venden artículos sujetos a impuestos en California, aunque sea temporalmente, deben registrarse con nosotros para obtener un permiso de vendedor. Registrarse para un permiso de vendedor es gratuito, aunque es posible que en algunos casos se le pida un depósito en garantía. Si tiene más de una licorería, debe registrar cada establecimiento con nosotros. Puede registrarse en línea con nosotros para obtener un permiso de vendedor o un permiso de vendedor consolidado a través de nuestros servicios en línea.

Infórmenos cualquier cambio en su negocio o en su dirección postal o correo electrónico para que podamos informarle sobre cambios importantes en las leyes, las tasas de impuestos o en los procedimientos relacionados. Puede actualizar fácilmente la información de su cuenta a través de Servicios en línea, contactando a nuestro Centro de Servicio al Cliente o visitando cualquiera de nuestras oficinas locales en todo el estado. Encontrará la información de contacto en la página web Recursos de esta guía.

Cigarrillos y productos de tabaco

Licencia de minorista de cigarrillos y productos de tabaco

Los minoristas de cigarrillos y productos de tabaco deben tener una licencia para minoristas de cigarrillos y productos de tabaco de California antes de comprar o vender cigarrillos o productos de tabaco al por menor. Solo a los fines de la concesión de licencias para minoristas, los productos de tabaco incluyen los productos con nicotina para consumo humano, los dispositivos electrónicos para fumar o vapear y cualquier componente, pieza o accesorio. Debe obtener esta licencia además de su permiso de vendedor.

La licencia para minoristas de cigarrillos y productos de tabaco de California tiene una validez de 12 meses, no es cedible ni transferible y debe renovarse todos los años. Debe pagar una tasa de licencia por cada establecimiento minorista en California la primera vez que lo registre y cada año en el momento de la renovación. Esta tasa no puede prorratearse. Vea en nuestra página web Tax Rates – Special Taxes and Fees (Tasas de impuestos: impuestos y cuotas especiales) los importes de las cuotas de la licencia de vendedor minorista de cigarrillos y productos de tabaco.

Responsabilidades

Como minorista de cigarrillos y productos de tabaco, debe:

Nota

  1. No corresponde para los productos de tabaco que no estén sujetos al impuesto sobre productos de tabaco. Por ejemplo, los líquidos para vapear que no contienen nicotina no están sujetos al impuesto sobre productos de tabaco. Sin embargo, sí están sujetos al requisito de tener una licencia de venta minorista.

Transferencia de productos entre tiendas

Si es dueño de más de una tienda y tiene las licencias de cigarrillos y productos de tabaco necesarias para cada una, en casos puntuales se le puede permitir transferir los cigarrillos con sello de California y los productos de tabaco pagados con impuestos entre las tiendas. Al transferir cigarrillos y productos de tabaco, debe conservar registros legibles de las transferencias y copias de la factura de compra original en cada establecimiento que esté involucrado en la transferencia.

Debe preparar los registros de la transferencia al momento de la transferencia, que deben incluir todo lo siguiente:

  • La fecha de la transferencia
  • La dirección y número de licencia de tabaco de las tiendas que transfieren y reciben los artículos
  • La fecha de la factura de compra
  • El número de factura de compra
  • El nombre del proveedor que figura en la factura
  • La marca, el tipo de envase, el sabor y el formato
  • La cantidad de artículos transferidos

Debe entregar estos registros si se lo piden los miembros de nuestro equipo o las fuerzas de seguridad. Para más información sobre los requisitos de registros, consulte el Reglamento 4801, Records (Registros).

Estos requisitos no aplican a los productos de tabaco que no estén sujetos al impuesto de productos de tabaco. Por ejemplo, los líquidos para vapear sin nicotina no están sujetos a estos requisitos. Sin embargo, sí están sujetos al requisito de tener una licencia de venta minorista.

Para obtener más información sobre los requisitos de licencia para vendedores de cigarrillos y productos de tabaco, consulte la publicación 78, Sales of Cigarettes and Tobacco Products in California (disponible en español, publicación 78-S, Ventas de cigarrillos y productos de tabaco en California). Visite nuestra página web Educación sobre impuestos para asistir a cursos para minoristas de tabaco o ver guías en vídeo y otros recursos relacionados con la venta de cigarrillos y productos de tabaco.

Descuentos para cigarrillos

Si un fabricante o distribuidor de cigarrillos ofrece una promoción de "descuento", en la que usted acepta vender determinados cigarrillos a un precio reducido y recibe un reembolso del fabricante o distribuidor, el impuesto sobre las ventas se aplica al total que reciba del cliente más cualquier importe que reciba del fabricante o distribuidor.

Para más información, consulte la publicación 113, Coupons, Discounts, and Rebates (disponible en español, publicación 113-S, Cupones, descuentos y reembolsos), o el Reglamento 1671.1, Discounts, Coupons, Rebates, and other Incentives (Cupones, descuentos, reembolsos y otros incentivos).

Impuesto especial sobre cigarrillos electrónicos de California

Los minoristas de cigarrillos electrónicos (e-cigarettes), tanto los de este estado como los de otros estados, están obligados a cobrar el impuesto especial sobre cigarrillos electrónicos de California (CECET) al comprador (consumidor de California) en el momento de la venta, a una tasa del 12.5% (12.50%) del precio de venta minorista de los cigarrillos electrónicos que contengan o se vendan con nicotina. La recaudación del CECET es adicional al impuesto sobre las ventas y el uso.

Los minoristas de cigarrillos electrónicos que contengan o se vendan con nicotina deben:

  • Obtener y conservar un permiso (cuenta) del CECET,
  • Indicar por separado el importe del CECET en el precio en los carteles o exhibidores,
  • Cobrar el CECET al comprador al 12.5% (12.50%) del precio de venta minorista de los cigarrillos electrónicos que contengan nicotina o se vendan con nicotina en el momento de la venta,
  • Entregar al comprador un recibo u otro documento que indique por separado el CECET y el importe que pagó en cada venta minorista de cigarrillos electrónicos,
  • Presentar una declaración del CECET electrónicamente, y
  • Pagarnos el impuesto a nosotros.

Para más información, vea la Guía tributaria sobre cigarrillos y productos de tabaco.

Prohibición del tabaco saborizado

La sección 104559.5 del California Health and Safety Code (Código de Salud y Seguridad de California) prohíbe a los minoristas de tabaco, y a sus agentes o empleados vender, ofrecer para la venta o poseer con intención de vender u ofrecer para la venta cigarrillos saborizados, productos de tabaco saborizados o potenciadores del sabor de productos de tabaco.

La California Office of the Attorney General (Oficina del Fiscal General de California) ha publicado la Lista de Tabaco sin Sabor (UTL). La UTL, que se actualiza continuamente, identifica estilos de marcas específicas de productos de tabaco que no tienen un sabor característico (un sabor u olor distinto al del tabaco) y que pueden venderse en California. Todo producto que no figure en la UTL se considera un producto saborizado.

Nosotros o las fuerzas de seguridad podemos incautar los cigarrillos saborizados, productos de tabaco saborizados o potenciadores del sabor para productos de tabaco que estén prohibidos o que no figuren en la UTL. Además de la incautación, imponemos multas civiles y podemos suspender y revocar la licencia de minorista de cigarrillos y productos de tabaco de los infractores reincidentes.

Podemos inspeccionar cualquier lugar donde puedan encontrarse pruebas de infracciones de la FTPB o la UTL.

Para más información, vea la Guía tributaria sobre cigarrillos y productos de tabaco.

Ventas

Ventas sujetas a impuestos

La lista a continuación es un resumen de las ventas sujetas a impuestos de artículos que suelen venderse en las licorerías. No es exhaustiva. Si tiene alguna pregunta sobre un producto no incluido aquí, puede llamar a nuestro Centro de Servicio al Cliente al 1-800-400-7115 (TTY:711). Nuestros representantes de servicio al cliente están disponibles de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 5:00 p. m. (hora del Pacífico), excepto los días festivos estatales.

  • Bebidas alcohólicas
  • Libros, periódicos y revistas
  • Soda y bebidas gaseosas
  • Hielo
  • Té Kombucha (si el contenido alcohólico es del 0.5% o más por volumen)
  • La mayoría de los alimentos preparados calientes (vea Alimentos preparados calientes en esta guía)
  • Medicamentos que no requieren receta
  • Productos de tabaco
  • Otros productos que no sean alimentos ni bebidas, como productos para el automóvil, tarjetas de felicitación, etc.

Ventas no sujetas a impuestos

La lista a continuación es un resumen de las ventas no sujetas a impuestos de artículos que suelen venderse en las licorerías. No es exhaustiva. Si tiene alguna pregunta sobre un producto no incluido aquí, puede llamar a nuestro Centro de Servicio al Cliente al 1-800-400-7115 (TTY:711). Nuestros representantes de servicio al cliente están disponibles de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 5:00 p. m. (hora del Pacífico), excepto los días festivos estatales.

  • Dulces
  • Papas fritas y galletas saladas
  • Embutidos
  • Sándwiches fríos para llevar
  • Frutas y verduras
  • Helado
  • Té Kombucha (si es naturalmente efervescente y el contenido alcohólico es inferior al 0.5% por volumen)
  • Leche
  • Bebidas sin gas y sin alcohol (como agua y zumos)

Los productos carbonatados que se consideran jugos de fruta 100 por ciento naturales, como la sidra carbonatada de Martinelli's, califican como "productos alimenticios" exentos. Si el producto carbonatado contiene conservantes, como benzoato de sodio, o cualquier otro aditivo, no se lo considera jugo de fruta natural y se aplican impuestos a su venta.

Las ventas de productos como bebidas deportivas no carbonatadas (por ejemplo, Gatorade, Powerade, All-Sport o Vitamin Water) no suelen estar sujetas a impuestos salvo que el producto venga envasado o etiquetado como suplemento alimenticio, adyuvante alimenticio, suplemento dietético o adyuvante dietético.

Algunos alimentos, como los alimentos preparados calientes, están sujetos a impuestos. Para más información, vea Alimentos preparados calientes a continuación.

Servicios de telefonía móvil (MTS) prepaga

Si vende productos y servicios de telefonía móvil prepaga a clientes de California, debe registrarse con nosotros como vendedor de servicios de telefonía móvil (MTS) prepaga. La cuenta de MTS prepaga es una cuenta distinta de su permiso de vendedor.

Los vendedores de MTS prepaga, como minutos y tiempo aire, están obligados a cobrar ciertos recargos y cargos locales.

Los vendedores de MTS prepaga deben cobrar, declarar y pagar la Cuota a usuarios de recargo a teléfonos de emergencia como tarifa plana por cada compra de MTS prepaga que haga un cliente de MTS prepaga. La Ley del Recargo para Usuarios de Teléfonos de Emergencia de California incluye el recargo por llamadas al 911 y el recargo por llamadas al 988.

Los recargos por llamadas al 911 y al 988 deben pagarse por cada transacción minorista que involucre una venta de MTS prepaga a clientes de California, salvo que esté exento.

Los vendedores de servicios prepagos de MTS deben cobrar los cargos locales como porcentaje del total de ventas minoristas de MTS (de aplicarse cargos locales). Para más información sobre los cargos locales, vea la sección Vendedores en la página web Temas de la industria de nuestra Guía tributaria para vendedores de servicios prepagos de telefonía móvil (MTS) y proveedores de servicios de telecomunicaciones.

Algunos pequeños vendedores de MTS no están obligados a cobrar el cargo local a sus clientes y declarárnoslo y pagárnoslo. Para más información sobre los pequeños vendedores de MTS, vea la sección Algunos vendedores no están obligados a cobrar cargos locales en la página web Vendedores de nuestra Guía tributaria para vendedores de servicios prepagos de telefonía móvil (MTS) y proveedores de servicios de telecomunicaciones.

El recargo por llamadas al 911, el recargo por llamadas al 988 y los cargos locales (si se aplican) generalmente corresponden para los importes que se cobren por:

  • Tarjetas de tiempo aire de telefonía móvil prepaga
  • Tarjetas de telefonía móvil prepaga compatibles con teléfonos móviles de pago por uso
  • Minutos de telefonía móvil prepaga
  • Planes de telefonía móvil prepaga
  • Tarjetas recargables de telefonía móvil prepaga
  • Tarjetas electrónicas ("e-Cards") de telefonía móvil prepaga
  • Datos móviles prepagos o cualquier otro servicio cuando se vendan junto con cualquiera de los anteriores (si corresponden cargos locales, deben cobrarse con el precio de venta total combinado, a menos que el vendedor pueda identificar el precio de los servicios de datos móviles y otros servicios a partir de sus libros y registros).
  • Cualquier producto o servicio (excepto los teléfonos móviles), cuando se venda con MTS prepaga por un mismo precio no desglosado (si corresponden cargos locales, deben cobrarse con el precio de venta total combinado, a menos que el vendedor pueda identificar el precio de los servicios de datos móviles y otros servicios a partir de sus libros y registros).
  • Un teléfono móvil vendido con MTS prepaga por un mismo precio no desglosado (si corresponden cargos locales, deben cobrarse con el precio total de venta del paquete del teléfono móvil y los servicios de MTS prepaga), salvo en determinados casos, como si solo se transfiere un importe mínimo ($5 o menos, o 10 minutos o menos) de MTS prepaga.

Puede encontrar las tarifas actuales en nuestra página web Tarifas del recargo por llamadas al 911, del recargo por llamadas al 988 y de las llamadas locales .

Para más información sobre requisitos de cobro como vendedor de MTS prepaga, vea nuestra Tax Guide for Sellers of Prepaid Mobile Telephony Services (MTS) and Telecommunications Services Suppliers (Guía tributaria para vendedores de servicios de telefonía móvil (MTS) prepaga y proveedores de servicios de telecomunicaciones).

Productos cubiertos con batería integrada (CBE)

Si vende productos cubiertos con batería integrada (CBE) a clientes de California, debe registrarse con nosotros para una cuenta de la cuota de reciclaje de residuos de productos CBE. La cuenta de la cuota es una cuenta distinta de su permiso de vendedor.

La cuota de reciclaje de residuos de CBE se evalúa sobre la compra o arrendamiento minorista de determinados productos CBE nuevos o reacondicionados, como se definen en la sección 42463(f) del Public Resources Code (Código de Recursos Públicos, PRC). Por lo general, los minoristas o arrendadores de productos CBE deben cobrar la cuota a sus compradores (clientes) al momento de la venta o arrendamiento minorista de estos productos, salvo que el minorista opte, de acuerdo con la sección 42464(e) del PRC, por pagarle la cuota al proveedor por el cliente. El minorista puede quedarse con el tres por ciento de la cuota de reciclaje de residuos de CBE cobrada como reembolso por sus costos de cobro de la cuota.

Un producto CBE es aquel que contiene una batería que no está diseñada para retirarse fácilmente con las herramientas caseras más comunes, como destornilladores de punta plana, punta cruz y punta Phillips, clips para papel, monedas o llaves hexagonales (14 Cal. Code Regs, título 14, sección 18660.5).

  • Los productos CBE no incluyen los siguientes: Los dispositivos electrónicos cubiertos sujetos a la cuota de reciclaje eWaste, indicados en la subdivisión (f)(2)(B) de la sección 42463 del PRC.
  • Determinados dispositivos médicos, indicados en la sección 42463, subdivisión (f)(2)(A) del PRC.
  • Determinados sistemas de almacenamiento energético, indicados en la sección 42463, subdivisión (f)(2)(C) del PRC.
  • Determinados sistemas electrónicos de suministro de nicotina, indicados en la sección 42463, subdivisión (f)(2)(D) del PRC.

Para ver ejemplos de productos CBE, consulte en el sitio web de CalRecycle listas compiladas de posibles productos CBE según las notificaciones obligatorias que envían los fabricantes a los minoristas, de acuerdo con la sección 42466.2 del PRC.

Visite nuestra página web Tax Rates — Special Taxes and Fees (tasas de impuestos: impuestos y cuotas especiales) para ver las tasas actuales de la cuota de reciclaje de residuos de productos CBE.

Para más información sobre sus requisitos de cobro como minorista de productos CBE, vea nuestra Guía sobre la cuota de reciclaje de residuos electrónicos cubiertos.

Valor de reembolso de California (CRV, siglas en inglés)

Por lo general, si la venta de la bebida está sujeta a impuestos, los impuestos también se aplican al Valor de Reembolso de California (CRV) que se cobre por separado. El importe sujeto a impuestos es el precio combinado de venta de la bebida, el envase y el CRV.

Si regala la bebida y solo cobra la cuota del CRV, igualmente se aplican impuestos al importe cobrado por el CRV si la venta de la bebida hubiera estado sujeta a impuestos.

Si embotella, produce, importa o vende bebidas en California, es posible que tenga que registrarse en el California Department of Resources Recycling and Recovery (Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos de California) (CalRecycle) en virtud de la Ley de Reciclaje de Envases de Bebidas y Reducción de Basura de California. Para más información sobre cómo registrarse en CalRecyle, contacte a la unidad de registro de CalRecycle.

El programa CRV es administrado por CalRecycle. Las preguntas sobre la cuota deben dirigirse a ellos. Esta guía solo cubre cómo se aplica el impuesto sobre las ventas a los cargos del CRV.

Para más información sobre la cuota del CRV, visite la página web Beverage Container Recycling (reciclaje de envases de bebidas) de CalRecycle.

Alimentos preparados calientes

La venta de alimentos calientes suele estar sujeta a impuestos, tanto si los alimentos se venden para llevar como para consumir en su local.

Un producto alimenticio caliente es aquel que se ha calentado por encima de la temperatura ambiente y sigue considerándose caliente incluso después de haberse enfriado, ya que estaba pensado para venderse como alimento caliente.

Algunos ejemplos de alimentos preparados calientes son:

  • Sándwiches calientes
  • Sopa, caldo o consomé caliente
  • Pizza, perritos o nachos calientes
  • Pollo asado o frito caliente

Una importante excepción son los productos horneados calientes que se venden para llevar.

Las ventas de productos horneados calientes para llevar, como pretzels o croissants recién horneados, están exentas del impuesto sobre las ventas. Sin embargo, si se venden en un paquete combinado con alimentos preparados calientes o con una bebida caliente, todo el paquete combinado está sujeto a impuestos. Los productos horneados calientes comprados para consumir en su local están sujetos a impuestos.

La venta de un sándwich tostado no pensado para venderse caliente, como un sándwich de atún frío en una tostada, no es una venta de un producto alimenticio preparado caliente.

Para más información, vea nuestra Guía tributaria para dueños de restaurantes.

Alimentos calentados en microondas

Si vende un producto alimenticio que normalmente está exento de impuestos (como un burrito congelado), el producto puede pasar a estar sujeto a impuestos si se calienta en el microondas antes de la venta. La ubicación del microondas suele definir si la venta está sujeta a impuestos:

  • Si el microondas está al alcance de los clientes, se considera que el alimento no se vende caliente y que el microondas se ofrece para la comodidad de los clientes, quienes pueden calentar el producto si lo desean.
  • Si el microondas está detrás del mostrador, el alimento que se vende se consideran comida preparada caliente y, por lo tanto, están sujetos a impuestos.

Para más información, vea la Guía tributaria para dueños de restaurantes.

Bebidas calientes

La venta de bebidas calientes, como café y chocolate caliente, está exenta del impuesto sobre las ventas si las bebidas se venden para llevar y por un precio aparte. Si la bebida caliente se vende combinada con un producto horneado o un producto alimenticio frío por un único precio, la venta está sujeta al impuesto sobre las ventas. Para más información sobre los paquetes combinados, vea Paquetes combinados.

La sopa, el caldo y el consomé calientes no se consideran bebidas calientes. Se consideran alimentos preparados calientes, y su venta está sujeta a impuestos.

Paquetes combinados

Cuando vende dos o más alimentos juntos en en un paquete para llevar por un precio único, el impuesto se aplica dependiendo de los componentes del paquete y de si la regla del 80-80 se aplica a su negocio. Para más información sobre los paquetes combinados y la regla del 80-80, vea la página web Temas de la industria de nuestra Guía tributaria para dueños de restaurantes.

Incluir comidas o bebidas calientes en un paquete combinado hace que todo el paquete esté sujeto a impuestos.

Ejemplo:
Usted vende una combinación de café caliente y una dona por un precio único de $1.50. Como está vendiendo un producto alimenticio caliente (el café) y un producto alimenticio frío (la dona) juntos por un precio único, se aplican impuestos al precio de venta de $1.50. Si los productos se hubieran vendido por separado y para llevar, la venta no estaría sujeta a impuestos.

Si vende un paquete combinado para llevar que incluye alimentos fríos y una gaseosa, el precio de venta de la gaseosa está sujeto a impuestos.

Las ventas de alimentos y bebidas para que sus clientes consuman en su tienda están siempre sujetas a impuestos.

Para más información, vea la Guía tributaria para dueños de restaurantes.

Si vende un paquete (como una canasta de regalo) que contenga tanto productos alimenticios (como frutas secas) como productos no alimenticios (como vino o juguetes), el impuesto se aplica según el valor minorista de las partes que lo componen. Para más información sobre cómo determinar la parte sujeta a impuestos del paquete combinado, vea la publicación 106, Combination Packages and Gift-Wrapping (Paquetes combinados y envoltorios de regalo).

Periódicos y revistas

Las ventas de periódicos, revistas y otras publicaciones periódicas a sus clientes están sujetas a impuestos.

Los periódicos, revistas y otras publicaciones periódicas que ofrece sin cargo no están sujetos a impuestos. Si pide un pago o sugiere una donación por dichos artículos, pero no exige dicho pago o donación, proporciona los artículos gratis.

Para más información sobre cómo se aplican los impuestos a las ventas de periódicos, vea el Reglamento 1590, Newspapers and Periodicals (Periódicos y publicaciones periódicas).

Cupones del fabricante, descuentos y otras promociones

Un cupón del fabricante es un cupón que permite a los clientes recibir un porcentaje o importe de descuento sobre el precio de venta publicado cuando compran los productos del fabricante. El fabricante puede darle dinero como reembolso por el valor del cupón. El importe que reciba del fabricante o de un tercero como reembolso por haber hecho un descuento se considera parte de sus ingresos brutos y está sujeto a impuestos, junto con el importe que reciba de su cliente.

Ejemplo:
Un cliente saca un cupón de un periódico y se lo presenta en el momento de la venta para recibir un descuento en el precio del producto comprado. El cupón dice cupón del fabricante. Como el fabricante lo compensará por el importe de la reducción del precio, el valor del cupón se incluye en sus ingresos brutos. El impuesto se basa en el precio total de venta al por menor del producto, que incluye tanto el importe que pagó su cliente como el importe que le reembolsó el fabricante.

Si participa en programas de reembolsos o incentivos ofrecidos por fabricantes o proveedores para promover las ventas de productos específicos, los reembolsos pueden estar sujetos a impuestos. Los pagos recibidos de un programa de reembolsos o incentivos de terceros están sujetos a impuestos cuando:

  • El tercero le exige que reduzca el precio de venta de ese producto en particular para recibir el pago del reembolso.
  • Las condiciones para recibir el pago deben ser específicas (por ejemplo, se le garantiza un reembolso de $1.00 por cada paquete de cigarrillos que venda), y no deben depender de otros factores que escapen a su control (como cuotas de ventas u otros criterios variables).
  • El pago debe ser por el mismo importe en cada transacción (por ejemplo, $1.00 por cada paquete de cigarrillos que se venda bajo el programa de reembolso).

Ejemplo:
Usted le compra abridores de botella directamente al fabricante y celebra con él un programa de reembolso por descuentos. En este ejemplo, usted suele vender los abridores de botella por $5.00, pero, en el marco del plan de reembolso por descuentos, acepta venderlos por $4.50 y recibir $0.50 del fabricante. El importe del impuesto a pagar se basa en sus ingresos brutos por la venta, lo cual incluye tanto el importe pagado por su cliente como el importe del reembolso: en este caso, $5.00 por cada abridor de botellas vendido.

Los siguientes son dos ejemplos en los que la contraprestación recibida de un fabricante no se considera ingresos brutos por la venta de un producto:

  1. Usted recibe una compensación de un fabricante por dar a su marca de refrescos un espacio preferencial en los estantes o por exhibir el refresco en un área específica de su tienda.
  2. Usted recibe una compensación de un fabricante por vender una cierta cantidad de su marca de gaseosas por un período específico (por ejemplo, de julio a septiembre).

Cuando participa en un programa promocional, los pagos que recibe de una persona que no es su cliente se presumen sujetos a impuestos hasta que pueda presentar documentación que demuestre que los pagos no están sujetos a impuestos. Para ver ejemplos de documentación para demostrar que los pagos no están sujetos a impuestos, consulte el Reglamento 1671.1, Discounts, Coupons, Rebates, and Other Incentives (Descuentos, cupones, reembolsos y otros incentivos), subdivisión (c)(3)(A).

Cuando ofrece a sus clientes un descuento en la tienda sobre mercadería sujeta a impuestos y no recibe pago alguno de ningún tercero, solo debe pagar impuestos sobre el importe que reciba de su cliente.

Para más información, consulte la publicación 113, Coupons, Discounts and Rebates (disponible en español, publicación 113-S, Cupones, descuentos y reembolsos) y el Reglamento 1671.1.

Ventas de lotería

La venta de boletos para los juegos de la Lotería de California no está sujeta a impuestos, y no debe incluirla en su declaración de impuestos sobre las ventas y el uso como parte de sus ingresos brutos.

Recuerde: es importante guardar los recibos de las ventas no sujetas a impuestos, como los boletos de lotería, separados de los de las ventas sujetas a impuestos.

Cargos por servicio (giro postal y cheques devueltos)

Los cargos por servicio que cobre a sus clientes por giros postales y cheques devueltos no están sujetos a impuestos.

No debe incluir los cargos por servicio de giros postales o cheques devueltos en su declaración del impuesto sobre las ventas y el uso como parte de sus ingresos brutos.

Cargos por servicio (recargo comercial)

Si agrega por separado un recargo a sus ventas sujetas a impuestos, ya sea una tarifa fija o un porcentaje del precio de venta, por lo general también se aplican impuestos al importe del recargo. Los recargos pueden ser varios, como comisiones de procesamiento de tarjetas del comerciante, recargo por servicios de salud, recargo por COVID-19, tarifa por aumento salarial, tarifa por inflación, tarifa turística, recargo por combustible, tarifa por licencia por enfermedad remunerada, recargos en restaurantes u otros cargos similares. Para más información, vea nuestro aviso especial L-903, ¿Su negocio cobra recargos?

Venta de mobiliario y equipos

Si vende mobiliario o equipos que usa en su negocio, debe pagar impuestos sobre el precio de venta. Las ventas de mobiliario y equipos que usa están sujetas a impuestos incluso si se producen como parte de la venta, reorganización o cierre de su negocio.

Para más información, vea el Reglamento 1595, Sale of a Business—Business Reorganization (Venta de una empresa: reorganización empresarial).

Cómo registrar sus ventas correctamente

Hay diferentes formas de registrar las ventas. Los dos métodos más comunes son el llavero y el escáner. Los comercios que usan escáneres suelen tener menores índices de error que los que usan métodos manuales.

Si usa un escáner, asegúrese de configurarlo de modo que las ventas de los artículos se registren correctamente como sujetas o no sujetas a impuestos.

Dispositivos y programas de software para la ocultación de ventas

Es delito vender, comprar, instalar, transferir o poseer, a sabiendas, programas de software o dispositivos que sirvan para ocultar o eliminar ventas y falsificar registros.

Los infractores pueden enfrentar hasta tres años de prisión en la cárcel del condado y multas de hasta $10,000. Además, deben pagar todos los impuestos retenidos ilegalmente, incluidas multas e intereses.

Compras

Artículos que se compran para revender

Cuando emite un certificado de reventa para comprar artículos sujetos a impuestos para la reventa, no paga el impuesto sobre las ventas al momento de la compra. En lugar de esto, el impuesto sobre las ventas se aplica cuando vende los artículos en la venta minorista.

Si compra un artículo con un certificado de reventa y lo usa, debe pagarnos el impuesto sobre el uso por el artículo. La tasa del impuesto sobre el uso es la misma que la del impuesto sobre las ventas vigente en el lugar del uso.

Los siguientes son algunos ejemplos de cómo puede utilizar la mercancía para fines que no sean la reventa:

  • Usar la mercancía para donaciones a ciertas organizaciones,
  • Retirar la mercancía del inventario para uso personal,
  • Regalar la mercancía a amigos, socios o empleados, y
  • Usar o consumir la mercancía en sus operaciones comerciales y no venderla.

Si usted sabe al momento de la compra que la mercancía sujeta a impuestos que está comprando no la va a revender, no puede emitir un certificado de reventa y debe pagar el impuesto sobre las ventas o sobre el uso. Si pagó el impuesto sobre las ventas o el uso por la mercancía y la revende antes de usarla, puede tomarse una deducción en la declaración de impuestos en la que declare la venta. Puede deducirse el importe del precio de compra sin el impuesto sobre las ventas o el uso. Se informa en su declaración en Costo de compras con impuestos de productos que se revendieron antes de usar.

Para más información, consulte el Reglamento 1668, Sales for Resale (Ventas para la reventa).

Suministros, equipos y otros gastos del negocio

Los artículos que compra para uso comercial (como exhibidores, materiales publicitarios, suministros de contabilidad y mantenimiento, equipos de almacenamiento y unidades de refrigeración) están sujetos a impuestos en el momento de la compra.

Normalmente, estos artículos se compran a proveedores locales que agregan y declaran el impuesto sobre las ventas. Sin embargo, los envoltorios y embalajes para envolver mercancías o las bolsas para los artículos que vende a sus clientes pueden comprarse para revender. Sin embargo, todas las demás compras de suministros generalmente están sujetas a impuestos.

Si compra equipo o suministros a un vendedor de otro estado, la venta está sujeta al impuesto sobre el uso. Para más información, vea Impuesto sobre el uso a continuación.

Si el vendedor de otro estado no le cobra el impuesto sobre el uso de California, debe declarar el precio de compra en su declaración de impuestos en la sección Purchases Subject to Use Tax (compras sujetas al impuesto sobre el uso).

Impuesto sobre el uso

Si compra bienes sujetos a impuestos sin pagar impuestos de California y los usa para algo que no sea revenderlos, debe pagar el impuesto sobre el uso. Por ejemplo, si entrega un certificado de reventa para comprar gaseosas, pero luego las regala o consume, debe pagar el impuesto sobre el uso en función de su precio de compra.

La tasa del impuesto sobre el uso es la misma que la del impuesto sobre las ventas vigente en el lugar del uso.

Para pagar el impuesto sobre el uso, declare el precio de compra de los artículos sujetos a impuestos bajo Purchases Subject to Use Tax (Compras sujetas al impuesto sobre el uso) en su declaración del impuesto sobre las ventas y el uso. Estas compras se vuelven parte del monto total sujeto a impuestos.

Para más información, consulte la publicación 110, California Use Tax Basics (disponible en español, publicación 110-S, Cuestiones básicas del impuesto sobre el uso de California), y la publicación 123, California Businesses: How to Identify and Report California Use Tax Due (disponible en español, publicación 123-S, Empresas de California: cómo identificar y declarar el impuesto sobre el uso de California a pagar).

Inventario

Controles de inventario

Mantener buenos libros y registros le ayudará a detectar pérdidas a tiempo. Le recomendamos firmemente que:

  • Mantenga registros de toda la mercancía retirada del inventario.
  • Mantenga registros precisos y completos de las compras y ventas.
  • Haga un inventario físico al menos una vez al año.
  • En el periodo entre inventarios, calcule el costo de la mercancía vendida, sume el porcentaje de margen previsto y deduzca los descuentos correspondientes al periodo. La cifra calculada debe ser muy cercana a las ventas realizadas en el mismo periodo del año anterior.
  • Asegúrese de que sus registros de compras para la reventa sean correctos, estén completos y no incluyan suministros u otros artículos que no sean para revender.

Pérdidas de inventario comunes

Preste atención a los siguientes tipos de pérdidas:

  • Dinero robado por los empleados y cubierto al registrar la venta o al registrarla por un monto menor.
  • Mercancía sustraída por empleados, personal de limpieza u otras personas con acceso al local.
  • Entregas incompletas o robos de los repartidores.
  • Robo por parte de los clientes.

Los robos de efectivo no son deducibles a los efectos del impuesto sobre las ventas porque el impuesto se mide por las ventas.