Guía Tributaria sobre la Exención para Equipo de Fabricación e Investigación y Desarrollo
Temas de la industria
Transacción estándar
Usted es un fabricante de muebles de madera de California. Planea expandir sus operaciones para cubrir la demanda creciente de sus clientes. Por lo tanto, tiene que comprar equipo de fabricación nuevo que incluye una sierra de mesa, una prensa taladradora y un torno. Quiere saber si sus compras calificarán para la exención para equipo de fabricación e investigación y desarrollo cuando compre este nuevo equipo.
Primero, tiene que averiguar si su empresa califica para la exención parcial. Ha estado dedicándose principalmente al negocio de fabricación de muebles de madera por varios años. Confirma que el código del sistema de clasificación de la industria de América del Norte (NAICS) de su empresa es 337122. Como el código del NAICS de sus actividades comerciales principales se ubica dentro del rango de 311100 a 339999, confirma que su empresa sí califica para la exención parcial.
Luego, se fija si el equipo que está comprando califica para la exención parcial. Está comprando maquinaria y equipo que tiene una vida útil superior a un año. Planea usar el equipo al menos el 50% del tiempo para fines de fabricación. Por lo tanto, ha confirmado que sus compras califican para la exención parcial.
Ahora que ha confirmado que tanto su empresa como sus compras califican para la exención parcial, está listo para empezar a comprar equipo. Deberá descargar el Partial Exemption Certificate for Manufacturing and Research and Development Equipment (certificado de exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo). Complételo, imprímalo y fírmelo. Luego, déselo al vendedor minorista del equipo al momento de hacer la compra.
El vendedor le cobrará una tasa de impuesto reducida, por lo que usted se ahorrará un 3.9375% del impuesto sobre ventas al comprar su equipo.
Entender su código del NAICS
Para ser considerado persona calificada para la exención parcial, debe dedicarse principalmente a una línea de negocios descrita en el sistema de clasificación de la industria de América del Norte (NAICS), en sus códigos 311100 a 339999 para fabricantes, o 541711 o 541712 si se dedica a la investigación y desarrollo. Además, a partir del 1º de enero de 2018, se lo considera persona calificada si está principalmente dedicado a las líneas de negocios descritas en los códigos 22111 a 221118 y 221122 del NAICS para generadores o distribuidores de energía eléctrica elegibles.
Los códigos del NAICS se usan para clasificar a los establecimientos comerciales con un sistema de códigos de seis dígitos. Los primeros cuatro dígitos representan el grupo de la industria, y los últimos dos dígitos representan la industria específica. Por ejemplo, una empresa que fabrica cajas de cartón tendrá un código del NAICS de 322211:
- Los primeros cuatro dígitos (3222) representan el grupo de Fabricación de productos de papel convertido
- Los últimos dos dígitos (11) representan la industria de Fabricación de cajas de cartón corrugado y sólido
El código del NAICS de su empresa es el que mejor describe a sus actividades comerciales, basado en sus ingresos principales o bien en sus gastos operativos principales. Si no hay ningún código del NAICS para su actividad comercial específica, puede igualmente calificar para la exención parcial si sus actividades comerciales están razonablemente descritas en un grupo de industria elegible de cuatro dígitos.
La mayoría de las empresas o entidades tienen un código del NAICS que mejor describe sus actividades comerciales generales. Sin embargo, si el código del NAICS de su entidad no califica para la exención y usted opera establecimientos separados dentro de la entidad, como un “centro de costos” o una “unidad económica”, el establecimiento separado puede calificar para la exención parcial si las actividades comerciales del establecimiento están mejor descritas por un código del NAICS elegible. Debe llevar libros y registros contables separados por cada establecimiento.
Ejemplo
Usted fabrica tractores de jardín y tiene dos ubicaciones; una en Modesto, que es la planta de fabricación, y la otra en Stockton, que es el centro de distribución donde se hacen las ventas. Dado que usted mantiene libros y registros contables separados por cada ubicación, su planta de fabricación y centro de distribución se consideran establecimientos separados.
Si bien la ubicación de Modesto no genera ingresos por ventas dado que más del 50% de los gastos operativos están relacionados con la fabricación, las actividades comerciales de la ubicación de Modesto están mejor descritas por el código 333112 del NAICS: Fabricación de tractores de jardín y equipo para jardinería de uso doméstico. La ubicación de Modesto es una “persona calificada” incluso si la empresa en general está mejor descrita por un código del NAICS que no esté entre 311100 y 339999.
En la ubicación de Stockton, se llevan a cabo algunas tareas de ensamblaje antes de que los tractores se envíen a los locales minoristas. Más del 50% de los ingresos de esta ubicación provienen de la venta mayorista de tractores. Los gastos operativos relacionados con el ensamblaje de los tractores representan un pequeño porcentaje de los gastos totales de la ubicación de Stockton. La mejor descripción de las actividades comerciales de la ubicación de Stockton la otorga el código 423820 del NAICS: Comerciante mayorista de tractores de granja y jardín. Por lo tanto, la ubicación de Stockton no es una persona calificada porque las actividades principales del establecimiento no califican.
Para más información sobre códigos del NAICS, incluyendo preguntas frecuentes, ingrese a www.naics.com.
Vida útil
A los fines del impuesto sobre los ingresos o de franquicia del estado, los bienes muebles tangibles calificados deben ser, generalmente, bienes cuya vida útil se considere que es de un año o más; de lo contrario, la exención parcial no aplica.
Generalmente, a los fines de la exención parcial, se considerará que los bienes que se capitalizan y deprecian en sus declaraciones de impuestos sobre los ingresos o de franquicia del estado tienen una vida útil de un año o más.
Si los bienes no se capitalizan y deprecian a los fines del impuesto sobre los ingresos, se presumirá que los bienes no tienen una vida útil de un año o más, y no calificarán para la exención parcial. Sin embargo, las transacciones que involucran ciertos bienes que no se capitalicen y deprecien a los fines del impuesto sobre los ingresos o de franquicia pueden calificar para la exención parcial en los siguientes casos:
- Si el costo del bien elegible se deduce bajo los artículos 17201 y 17255 o 24356 del Código de ingresos e impuestos (RTC) (similar al artículo 179 del Código de impuestos internos, pero sujeto a umbrales de deducción más bajos a los fines estatales).
- Si una persona calificada arrienda maquinaria o equipo calificado por un año o más, incluso si los pagos del arrendamiento se contabilizan como gastos a los efectos de la declaración de impuestos.
- Si se trata de mobiliario y materiales individuales comprados e instalados como partes integrales de un edificio de propósitos específicos. El edificio de propósitos específicos, en su conjunto, se depreciará a los efectos de la declaración de impuestos.
Ejemplos de bienes que no tienen una vida útil superior a un año:
- Bienes puestos en servicio y vendidos o enajenados de cualquier otra manera en el mismo año.
- Herramientas y otros insumos.
- Artículos que no se espera que tengan una vida útil de un año, incluso si duran más de un año.
- Artículos que se reemplazan frecuentemente con una periodicidad inferior a un año.
El 25 de octubre de 2017, la ley aclaró que se considera que los bienes muebles tangibles que se deducen de una declaración de impuestos de franquicia o sobre los ingresos del estado bajo los artículos 17201 y 17255 o 24356 del RTC tienen una vida útil de un año o más.
Investigación y desarrollo
Los establecimientos que se dedican principalmente (más del 50% del tiempo) a actividades de investigación y desarrollo en biotecnología, ingeniería física y ciencias de la vida pueden calificar para la exención parcial. Para calificar para la exención, el establecimiento debe estar clasificado bajo uno de los dos códigos siguientes del sistema de clasificación de la industria de América del Norte (NAICS):
541711 Investigación y desarrollo en biotecnología
541712 Investigación y desarrollo en ciencias de la física, de ingeniería y de la vida
Las actividades de investigación y desarrollo elegibles pueden definirse como:
- Aquellas actividades descritas en el artículo 174 del Código de impuestos internos
- Que tengan el propósito de descubrir información de naturaleza tecnológica
- Para descubrir información útil para componentes comerciales nuevos o mejorados.
En general, hay dos tipos de componentes comerciales respecto de los cuales un contribuyente puede alegar que estaba dedicado a actividades de investigación y desarrollo calificadas:
- Desarrollo de producto, y
- Mejora de procesos.
Si está principalmente dedicado a la investigación y desarrollo como se describió precedentemente, su compra o arrendamiento de maquinaria, equipo u otros dispositivos que tengan una vida útil de un año o más, y que vayan a usarse principalmente para investigación y desarrollo, generalmente calificará para la exención parcial.
Ejemplo
Una universidad tiene un departamento de investigación y desarrollo. La investigación y desarrollo no es la actividad principal de la universidad. Por lo tanto, las actividades generales de la universidad no están mejor descritas por ningún código del NAICS elegible. Sin embargo, si la universidad puede demostrar que el departamento de investigación y desarrollo es un “establecimiento” separado, el departamento de investigación y desarrollo puede calificar para la exención parcial. Para que el departamento sea considerado un establecimiento separado, la universidad debe mantener libros y registros contables para el departamento de investigación y desarrollo.
Generadores o distribuidores de energía eléctrica
Desde el 1.º de enero de 2018, las empresas que se dedican principalmente (más del 50% del tiempo) a la generación o distribución de energía eléctrica pueden calificar para la exención parcial. Para calificar para la exención, la empresa debe estar clasificada bajo alguno de los códigos siguientes del sistema de clasificación de la industria de América del Norte (NAICS) (edición 2012).
- 221111 Generación de energía hidroeléctrica
- 221112 Generación de energía eléctrica por combustibles fósiles
- 221113 Generación de energía eléctrica nuclear
- 221114 Generación de energía eléctrica solar
- 221115 Generación de energía eléctrica eólica
- 221116 Generación de energía eléctrica geotérmica
- 221117 Generación de energía eléctrica con biomasa
- 221118 Otro tipo de generación de energía eléctrica
- 221122 Distribución de energía eléctrica
En general, los generadores de energía eléctrica elegibles incluyen establecimientos principalmente dedicados a operar instalaciones de generación de energía que convierten otras formas de energía, tales como energía hidráulica, combustibles fósiles, energía nuclear y energía solar, en energía eléctrica. Los establecimientos de esta industria producen energía eléctrica y suministran electricidad a sistemas de transmisión o sistemas de distribución de energía eléctrica.
En general, los distribuidores de energía eléctrica elegibles son establecimientos principalmente dedicados a:
- Operar sistemas de distribución de energía eléctrica (es decir, sistemas conformados por líneas, postes, medidores y cableado), u
- Operar como agentes comerciales de energía eléctrica que gestionan la venta de electricidad a través de sistemas de distribución de energía operados por otros.
A los fines de esta exención parcial, los generadores de energía eléctrica solar incluyen aquellos establecimientos que se dedican principalmente a la operación de instalaciones de generación de energía eléctrica solar que usan la energía del sol para producir energía eléctrica. La energía producida en estos establecimientos se suministra a sistemas de transmisión de energía eléctrica o sistemas de distribución de energía eléctrica.
Sin embargo, si usted es una persona calificada, su compra de equipo solar u otro equipo de generación o producción de energía eléctrica usado principalmente para hacer funcionar a su equipo de fabricación puede calificar para la exención (vea el tema Solar Power Equipment [equipo de energía solar] en esta página).
Arrendamientos
Supóngase que usted es una nueva empresa que produce cereal para el desayuno y está planeando adquirir un nuevo horno para producir. Ha decidido arrendar el horno en vez de comprarlo, y quiere saber si su arrendamiento del horno califica para la exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo.
Respecto de su empresa y el arrendamiento del horno, usted:
- Confirma que el código del sistema de clasificación de la industria de América del Norte (NAICS) de su empresa es 311230.
- Arriendará el horno por más de un año. El arrendador no eligió declarar impuestos sobre el precio de compra del horno, y por lo tanto cobrará impuestos sobre los pagos del arrendamiento.
- Usará el equipo al menos el 50% del tiempo para fines de fabricación.
- Estima que más del 50% de su facturación derivará de la producción durante toda la duración del arrendamiento del horno.
Su arrendamiento del horno califica para la exención parcial. Cuando celebre el contrato de arrendamiento, puede darle a la empresa arrendadora un Partial Exemption Certificate for Manufacturing and Research and Development Equipment (certificado de exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo) para obtener la exención parcial del impuesto sobre ventas y uso sobre los pagos del arrendamiento.
Durante su contrato de arrendamiento, la empresa arrendadora le cobrará pagos mensuales por el arrendamiento, con el impuesto detallado por separado. Sin embargo, la exención para equipo de fabricación e investigación y desarrollo tiene vigencia solo hasta el 30 de junio de 2030. Todo pago del arrendamiento que venza luego del 30 de junio de 2030 estará sujeto a la tasa total del impuesto sobre ventas y uso, por más que el arrendamiento haya comenzado durante el período de exención.
Contratistas de construcción
Supóngase que usted es un contratista de construcción contratado por un fabricante para construir un edificio de propósitos específicos. Sus ventas o compras de los materiales o el mobiliario que provea e instale para llevar a cabo un contrato de construcción para una persona calificada pueden calificar para la exención parcial.
Desde el 1.º de enero de 2018, la definición de “bienes muebles tangibles calificados” se expande para abarcar edificios de propósitos específicos y bases usados como parte integral de la generación o producción, o almacenamiento y distribución, de energía eléctrica.
Para documentar que la exención parcial aplica, la persona calificada debe darle un certificado de exención parcial válido firmado por ella, que usted debe conservar en sus registros. El certificado de exención debe indicar que la persona calificada y el edificio de propósitos específicos cumplen con los requisitos para la exención parcial, y que el bien será usado para un fin elegible. A estos efectos, puede obtener un “Partial Exemption Certificate for Manufacturing, Research and Development Equipment” (certificado de exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo) (CDTFA-230-M) prestablecido por el CDTFA, o un formulario similar.
Dependiendo del porcentaje de volumen útil de un edificio que se use de manera elegible, todo el edificio o solo una porción de este puede calificar para la exención parcial (ver “Edificios de propósitos específicos” a continuación). En el caso de que no todos los materiales y mobiliario califiquen para la exención parcial, es necesario que el certificado de exención enumere con precisión los bienes a comprar que estén sujetos a la exención parcial.
Materiales versus mobiliario
Como se explica en la Guía tributaria para contratistas de construcción, hay dos clasificaciones de artículos diferentes, y los impuestos se pueden aplicar de manera diferente dependiendo de la clasificación. Llevar a cabo un contrato de construcción generalmente implica suministrar e instalar materiales y/o mobiliario que se incorporan a un inmueble. Debido a la naturaleza única de la exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo y de la posibilidad de la persona calificada de pasarle la exención parcial a un contratista de construcción que esté suministrando e instalando materiales y/o mobiliario como parte de la construcción de un edificio de propósitos específicos, se brinda a continuación una explicación detallada de los impuestos que aplican y la documentación que se exige.
Contratistas como consumidores
Como contratista de construcción, usted es generalmente consumidor de los materiales que suministra e instala en el marco de un contrato de construcción. Por lo tanto, una vez que haya obtenido el formulario “CDTFA-230-M, Partial Exemption Certificate for Manufacturing, Research and Development Equipment” (certificado de exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo) requerido u otro similar de parte de la persona calificada que indique que la exención parcial aplica, puede comprar los materiales a ser suministrados e instalados en el edificio de propósitos específicos a la tasa parcialmente exenta, emitiéndoles a sus proveedores un formulario “CDTFA 230-MC, Construction Contracts-Partial Exemption Certificate for Manufacturing, Research and Development Equipment” (contratos de construcción – certificado de exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo).
Contratistas como minoristas
Los contratistas de construcción son generalmente considerados vendedores minoristas del mobiliario que suministran e instalan en el marco de un contrato de construcción. Como minoristas del mobiliario, los contratistas de construcción pueden emitir un certificado de reventa cuando les compran mobiliario y/o maquinaria y equipo a sus proveedores. Si usted es contratista de construcción, puede seguir comprando mobiliario para revender y vendérselo a la persona calificada sujeto a la exención parcial si el mobiliario se compone de bienes elegibles a instalar en un edificio de propósitos específicos.
Si bien los contratistas de construcción son generalmente considerados minoristas del mobiliario, hay casos en los que el precio de venta minorista se considera que es el precio de costo que le representa el mobiliario al contratista. Por lo tanto, el contratista puede extinguir su obligación tributaria por el mobiliario pagando impuestos al momento de comprarle el mobiliario a su proveedor. Si el mobiliario es para un contrato de construcción para una persona calificada, el contratista de construcción puede pagar el impuesto parcial debido emitiéndole a su proveedor un formulario CDTFA-230-MC, Construction Contracts – Partial Exemption Certificate for Manufacturing, Research and Development Equipment (contratos de construcción – certificado de exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo).
Los contratistas de construcción pueden instalar maquinaria y equipo en el marco de un contrato de construcción. Cuando se vende maquinaria y equipo en el marco de un contrato de construcción que involucra a un edificio de propósitos específicos, la venta de la maquinaria y equipo está generalmente sujeta a impuestos. Dicha venta de maquinaria y equipo se considera una venta e instalación de bienes muebles tangibles, en vez de una mejora a un inmueble. Como con el mobiliario, los contratistas de construcción pueden generalmente comprar el bien para revenderlo, y la posterior venta a la persona calificada estará sujeta a la exención parcial (salvo que el vendedor minorista sea el subcontratista, como se explica a continuación).
Subcontratistas
Las mismas reglas detalladas precedentemente se aplican cuando un contratista principal o general contrata subcontratistas para construir todo o parte de un edificio de propósitos específicos para una persona calificada. Para que el subcontratista pueda documentar que la exención parcial se aplica al contrato para construir el edificio de propósitos específicos, el subcontratista debe pedirle al contratista principal, y conservar en sus registros, una copia del formulario CDTFA-230-M, Partial Exemption Certificate for Manufacturing, Research and Development Equipment (certificado de exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo) u otro formulario similar que la persona calificada le haya entregado al contratista principal. El subcontratista también debe pedir y conservar en sus registros un formulario CDTFA-230-MC, Construction Contracts - Partial Exemption Certificate for Manufacturing, Research and Development Equipment (contratos de construcción – certificado de exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo) firmado por el contratista principal para los bienes que el subcontratista esté suministrando e instalando para el contratista principal para documentar que la exención parcial aplica. El subcontratista puede emitirle a su proveedor la documentación necesaria como se expuso anteriormente, dependiendo de si el subcontratista es consumidor o vendedor minorista de los bienes que se suministran e instalan.
Documentar la exención
La persona calificada es responsable de emitir el formulario CDTFA-230-M como prueba de que la construcción es de un edificio calificado. El contratista principal o general será responsable de emitirle un formulario CDTFA-230-MC al proveedor de los materiales o el mobiliario si son adquiridos pagando impuestos. Además, si la persona que suministra e instala los materiales es un subcontratista, el contratista principal o general también le tendrá que dar al subcontratista una copia del formulario CDTFA-230-M emitido por la persona calificada. Los subcontratistas también tendrán que emitirle un formulario CDTFA-230-MC a sus proveedores de los materiales o el mobiliario si son adquiridos pagando impuestos.
Documentar el límite anual
Las personas calificadas son responsables de registrar sus compras para asegurarse de que no excedan el límite anual de $200 millones. Todos los materiales consumidos por un contratista o subcontratista, y todo el mobiliario, maquinaria y equipo vendido por un contratista o subcontratista para llevar a cabo un contrato para construir o modificar un edificio de propósitos específicos, cuentan para el límite anual de $200,000,000 de la persona calificada. Todos los contratistas de construcción, incluso los subcontratistas, deben tener a disposición la información de los costos de todos y cada uno de los artículos vendidos o usados para llevar a cabo un contrato de construcción elegible, a los efectos de permitir el control del límite de exención anual de $200,000,000 de la persona calificada.
Edificios de propósitos específicos
Si construye un edificio de propósitos específicos nuevo o modifica una estructura existente que se diseñó y construyó o reconstruyó para fines de fabricación o investigación y desarrollo, las compras de materiales y mobiliario que se incorporan al edificio, además de la maquinaria y el equipo instalado en él, pueden calificar para la exención parcial.
Para calificar (ser elegible), el edificio de propósitos específicos debe destinarse a tareas de producción, procesamiento, refinación, fabricación o reciclaje, o puede usarse como establecimiento de investigación o almacenamiento para estos procesos. Los edificios como almacenes, que se usan únicamente para guardar productos luego del proceso de fabricación, no son elegibles para la exención parcial.
Desde el 1.º de enero de 2018, la definición de “bienes muebles tangibles calificados” se expande para abarcar edificios de propósitos específicos y cimientos usados como parte integral de la generación o producción, o almacenamiento y distribución, de energía eléctrica.
Por ejemplo, un fabricante de semiconductores construye un edificio para fabricar microchips. El edificio se diseña y construye respetando ciertos requisitos para controlar la temperatura, la humedad y los contaminantes, dado que respetarlos es necesario para la producción de microchips. El mobiliario y los materiales que se incorporan al edificio, además de la maquinaria y los equipos comprados e instalados en él, son bienes que califican para la exención parcial.
Todo el mobiliario y los materiales que se vuelvan parte integral del edificio calificarán para la exención parcial si la porción del volumen útil total de este (generalmente, largo x ancho x altura) que se destina a usos no calificados, como tareas administrativas, estacionamiento, salas de receso, etc., no excede un tercio (1/3). Sin embargo, en los casos en que más de un tercio (1/3) del volumen útil total se destine a usos no calificados, solo el mobiliario y los materiales que se vuelvan parte integral del edificio en el que se desarrollan tareas de producción, procesamiento, refinación, fabricación o reciclaje, o que se usa como establecimiento de almacenamiento o investigación para dichos procesos calificarán para la exención parcial.
Cómo calcular el volumen útil
Vea los ejemplos a continuación, que ilustran situaciones de edificios que califican por completo y edificios respecto de los cuales solo califica una porción.
Ejemplo 1
ABC R&D Inc. está construyendo un nuevo establecimiento de investigación diseñado específicamente para el tipo de investigación que realizan. Las dimensiones generales del edificio son 400 pies de largo por 200 pies de ancho por 40 pies de alto, lo que da como resultado un volumen útil total de 3,200,000 pies cúbicos.
400' de largo x 200' de ancho x 40' de alto = 3,200,000 pies cúbicos totales
El edificio se dividirá y albergará oficinas administrativas, al departamento contable, baños, salas de receso y al departamento de marketing. Estos sectores ocuparán un área del edificio que mide 80 pies de largo por 60 pies de ancho por 40 pies de alto, lo que da como resultado un volumen útil total de 192,000 pies cúbicos.
80' de largo x 60' de ancho x 40' de alto = 192,000 pies cúbicos destinados a usos no calificados
El volumen restante se destinará a las actividades de investigación y desarrollo. El porcentaje del volumen destinado a un uso no calificado se calcula de la siguiente manera:
192,000 pies cúbicos/3,200,000 pies cúbicos = 6% del volumen total destinado a un uso no calificado
Como el volumen total del área no elegible es inferior a un tercio (1/3) del volumen útil total del edificio, todos los materiales y mobiliario que se vuelvan parte integral de este calificarán para la exención parcial.
Ejemplo 2
La compañía XYZ Manufacturing está construyendo un nuevo edificio diseñado con especificaciones para albergar a sus equipos de fabricación de artefactos y otros departamentos administrativos de la empresa. El edificio tendrá una base de 200 pies de largo por 100 pies de ancho. Según el esquema del edificio, la base de la planta de fabricación será de 100 pies por 100 pies y tendrá un techo de 15 pies de altura para albergar maquinaria de gran tamaño. Las oficinas administrativas, el departamento contable, los baños, las salas de receso y el departamento de marketing ocuparán la superficie restante (100 pies por 100 pies). Esta área tiene un techo de 10 pies de altura. El volumen útil total del edificio se calcula de la siguiente manera:
100' de largo x 100' de ancho x 15' de alto = 150,000 pies cúbicos destinados a la fabricación
100' de largo x 100' de ancho x 10' de alto = 100,000 pies cúbicos destinados a usos no calificados
150,000 pies cúbicos + 100,000 pies cúbicos = 250,000 pies cúbicos de volumen útil total
A pesar de que la superficie del área de fabricación es igual a la superficie del resto del edificio, el volumen útil general del área de fabricación es considerablemente superior al volumen del resto del edificio, debido a la altura del techo.
El porcentaje del volumen del edificio destinado a un uso no calificado se calcula de la siguiente manera:
100,000 pies cúbicos/250,000 pies cúbicos = 2/5 o 40% del volumen del edificio se destina a usos no calificados
Como esto representa más de un tercio (1/3) del volumen útil total del edificio, el costo total del mobiliario y los materiales que se vuelven parte integral del edificio no califica para la exención. Solo calificarán el mobiliario y los materiales que se vuelvan parte integral del área de fabricación del edificio. Los contratistas y personas calificadas deben saber qué compras calificarán para la exención.
Determinar qué materiales y mobiliario califican no siempre implica un cálculo directo basado en la proporción de volumen calificado sobre el volumen total. Por ejemplo, el 50% de la base estaba destinada a la planta de fabricación y el otro 50% a las áreas administrativas. En consecuencia, el 50% de los materiales para construir la base podría calificar.
Solo se instalarán techos falsos en las oficinas administrativas. Para ello, se necesitan perfiles T metálicos y paneles de techo especializados. Como ninguno de estos materiales se usará en el área de fabricación del edificio, los perfiles T metálicos y paneles que se utilizan para el techo falso están sujetos a la tasa de impuestos total.
Asimismo, los equipos de fabricación necesitan una potencia eléctrica mayor para funcionar que el área de oficinas administrativas. La persona calificada debe identificar qué materiales eléctricos se destinan a la fabricación (uso calificado) y qué materiales se destinan al área de uso no calificado. Se les debe indicar a los contratistas del proyecto que compren materiales o vendan mobiliario a la tasa de impuestos parcial únicamente si se instalan en la parte del edificio destinada a la fabricación.
Ubicación de materiales y mobiliario instalados en un edificio de propósitos específicos
Para determinar si los materiales o el mobiliario instalados en un edificio de propósitos específicos califican para la exención parcial, se debe evaluar si los artículos instalados se destinan a una parte elegible del edificio.
Si más de un tercio (1/3) del volumen útil de un edificio de propósitos específicos se destina a actividades no elegibles, en general, solo el mobiliario y los materiales que se instalan o usan en el área elegible pueden calificar para la exención parcial. Por ejemplo, si solo la mitad de la estructura se usa en el proceso de fabricación o para investigación y desarrollo, los artefactos de iluminación nuevos que se instalen en el área elegible del edificio calificarán. Sin embargo, los artefactos de iluminación instalados en la parte no elegible del edificio no calificarán para la exención parcial.
Por ejemplo, 400,000 pies cúbicos de un edificio de 1,000,000 pies cúbicos se destinan a usos no calificados, como tareas administrativas, mientras que los 600,000 pies cúbicos restantes se destinan a la fabricación. Como el volumen útil de la parte no elegible del edificio es superior a un tercio del volumen útil de la estructura entera, el edificio no calificará para la exención parcial en su totalidad. Los artefactos de iluminación que se instalen en la parte elegible de la estructura calificarán para la exención parcial, mientras que aquellos que se instalen en la parte no elegible, no calificarán. Se instalará una unidad de aire acondicionado fuera del área de fabricación, pero esta se usará para refrescar todo el edificio. La función principal de la unidad de aire acondicionado será refrescar el área de fabricación, ya que esta representa más del 50% del edificio. La unidad de aire acondicionado calificará para la exención parcial del impuesto sobre ventas y uso, aunque no esté ubicada físicamente en el área de fabricación.
Si la porción del volumen útil de un edificio de propósitos específicos que se destina a una actividad no elegible no excede un tercio, el edificio calificará en su totalidad como un edificio de propósitos específicos. Si el edificio califica en su totalidad, la ubicación de los materiales o del mobiliario o el uso que se les dé a estos no importará, y todos los materiales y mobiliario calificarán para la exención parcial. Por ejemplo, si el edificio califica en su totalidad y el baño para empleados debe remodelarse, todo el mobiliario y los materiales que se instalen para la remodelación califican para la exención parcial.
Equipo de energía solar
Si es una persona calificada, la compra de paneles solares y equipo de energía solar destinados principalmente a hacer funcionar a su equipo de fabricación puede calificar para la exención parcial.
Sus equipos de energía solar podrían calificar para la exención parcial de tres formas:
Conexión directa
Si los equipos de energía solar están conectados directamente al equipo de fabricación calificado para hacerlo funcionar, sus compras de equipos de energía solar calificarán para la exención parcial.
Conexión a una red eléctrica
Si sus equipos de energía solar están conectados a la red eléctrica local y no están conectados directamente a los equipos de fabricación calificados, igualmente podrían calificar si su objetivo es generar energía principalmente para sus equipos de fabricación. Se considerará que los equipos de energía solar generan energía principalmente para los equipos de fabricación calificados si están diseñados para generar, al menos, el 50% de la energía que utilizan los equipos de fabricación calificados.
Para determinar si los equipos de energía solar se usan para generar, al menos, el 50% de la energía para la fabricación, divida la cantidad total anual de energía que consumen los equipos de fabricación calificados por la cantidad total anual de energía generada por los equipos de energía solar. Tenga en cuenta que la energía generada por los equipos solares cuando el establecimiento no está en funcionamiento se considera “almacenada” efectivamente en la red eléctrica local, de modo que el cálculo no se limita a los períodos en los que el establecimiento está en funcionamiento.
Ejemplo:
- Si sus equipos de fabricación calificados consumen 600 kilovatios de electricidad por año, y
- sus equipos solares producen 1000 kilovatios de electricidad por año,
los equipos de energía solar se usan un 60% para la fabricación (600/1000 = .60, o 60 por ciento). En consecuencia, los equipos de energía solar se usan, al menos, un 50% para la fabricación y son elegibles para la exención parcial.
Mobiliario en un edificio de propósitos específicos
Si compra equipo de energía solar como parte de la construcción de un edificio de propósitos específicos calificado, el equipo de energía solar calificará para la exención parcial, independientemente del porcentaje de energía generada que se destine al funcionamiento de los equipos de fabricación.
Control de contaminación
Los bienes que se compran y destinan al control de la contaminación pueden calificar para la exención parcial.
Si usted es fabricante e instala equipos cuyo objetivo es reducir o eliminar la contaminación, la compra de estos puede calificar para la exención parcial. Los equipos de control de contaminación deben cumplir o exceder las normas gubernamentales locales o estatales en el momento de la compra.
Ejemplo: supóngase que usted se dedica a la industria gráfica. La actividad principal de su empresa está contemplada en uno de los códigos elegibles del NAICS. Usted compra un extractor de carbono o un reactor catalítico para controlar la contaminación que cumple o excede las normas gubernamentales locales o estatales. En general, la compra calificará para la exención parcial.
Partes de reparación
La compra de piezas de reparación o reemplazo puede calificar para la exención parcial.
Si usted es una persona calificada y compra piezas que se usarán para reparar equipos de fabricación o investigación y desarrollo calificados, puede aprovechar la exención parcial. Sin embargo, debe considerarse que las piezas de reparación o reemplazo tienen una vida útil de un año o más a los efectos de los impuestos sobre los ingresos o de franquicia del estado. Las herramientas y otros insumos no se consideran piezas de reparación o reemplazo, y no califican para la exención parcial.
Ejemplo: necesita reemplazar una placa madre de una computadora que controla una pieza específica del equipo de fabricación. Mientras la placa madre tenga una vida útil de un año o más, tal como se describió anteriormente, podrá comprar la placa madre de reemplazo a la tasa de exención parcial.
Para beneficiarse de la exención parcial, debe descargar el CDTFA-230-M, Partial Exemption Certificate for Manufacturing and Research and Development Equipment (certificado de exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo). Complételo, imprímalo y fírmelo. Luego, entrégueselo al vendedor al momento de la compra.
Camiones mezcladores de cemento
La compra de un camión mezclador de concreto o cemento puede calificar para la exención parcial de fabricación.
Si se dedica principalmente a la fabricación de mezcla de concreto y el camión mezclador estará destinado principalmente a este fin, la compra del camión puede calificar para la exención parcial.
Se considerará que se dedica a la fabricación de mezcla de concreto si sus actividades comerciales se encuentran descritas con precisión en un código elegible del NAICS (ver código 327320 del NAICS); su código del NAICS es aquel que mejor describe sus actividades comerciales en función de sus ingresos o sus gastos operativos principales. Tenga en cuenta que los contratistas de construcción que poseen un camión mezclador de cemento, en general, no califican en virtud de ningún código del NAICS elegible.
Los camiones mezcladores de concreto o cemento se consideran equipos móviles de transporte a los efectos del impuesto sobre ventas y uso. El arrendamiento de equipos móviles de transporte, en general, no califica para la exención parcial. Por lo tanto, si arrienda camiones mezcladores de concreto o cemento, su arrendamiento, en general, no calificará. Para obtener más información sobre el arrendamiento de equipos móviles de transporte, consulte el Reglamento 1661, Leases of Mobile Transportation Equipment (arrendamientos de equipos móviles de transporte).
Equipo de manejo de materiales
La compra de equipo de manejo de materiales, como carretillas elevadoras, transpaletas y contenedores de transporte reutilizables, puede calificar para la exención para ciertos usos.
Si es una persona calificada y compra equipo de manejo de materiales con una vida útil de un año o más que se usará, principalmente, en una etapa del proceso de fabricación, este calificará para la exención parcial. El equipo debe estar destinado al manejo de productos a través de una línea de producción y dentro de una ubicación geográfica única. No calificará si se destina, principalmente, al manejo de productos una vez finalizada la producción del establecimiento, o si se usa para transportar productos no terminados de una ubicación geográfica a otra.
Ejemplo: supóngase que usa una transpaleta para levantar un palé con productos que acaban de completar una fase del procesamiento y llevarlo a otra área del edificio para comenzar la segunda fase. Como la transpaleta se utiliza dentro de la misma ubicación geográfica y para mover materiales entre fases de producción, esta califica para la exención parcial.
En cambio, si usa una carretilla elevadora principalmente para mover palés con productos terminados desde el almacén hasta los camiones de entrega para su envío final, en general, esta no calificará para la exención parcial. Si utiliza una carretilla elevadora para transportar productos no terminados entre dos instalaciones de diferentes ubicaciones geográficas, esta tampoco calificará, ya que el transporte hacia o entre instalaciones no se considera parte del proceso de fabricación.
Pago de impuestos sobre el uso en compras elegibles
Si se dedica a la fabricación o a la investigación y desarrollo y les compra equipo elegible a vendedores fuera del estado que no cobran impuestos, igualmente puede beneficiarse de la exención parcial y pagar el impuesto sobre el uso a la tasa reducida.
No todos los vendedores minoristas fuera del estado están registrados para cobrar el impuesto sobre el uso de California. Si su proveedor no lo cobra, usted tiene la obligación de declararle por su cuenta el impuesto sobre el uso al CDTFA. Para ello, ingrese el importe de la compra en su declaración de impuestos sobre ventas y uso o su declaración de impuestos sobre el uso para consumidores de California. No es necesario darles un certificado de exención a los vendedores fuera del estado no registrados.
Para garantizar que el impuesto se informe a la tasa parcial en su declaración, deberá ingresar el importe de la compra elegible en la línea PURCHASES SUBJECT TO TAX (COMRAS SUJETAS AL IMPUESTO SOBRE EL USO), al igual que en la línea SALES MADE SUBJECT TO THE MANUFACTURING AND RESEARCH AND DEVELOPMENT EQUIPMENT EXEMPTION (VENTAS REALIZADAS SUJETAS A LA EXENCIÓN PARA EQUIPO DE FABRICACIÓN E INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO).
Cargos de envío y entrega
El impuesto no se aplica a los cargos de envío o entrega indicados por separado si la entrega se hace directamente al comprador a través de un transportista, el servicio postal de Estados Unidos o un contratista independiente, siempre y cuando el costo sea el cargo de entrega real. Sin embargo, generalmente se aplican impuestos a los cargos de entrega cuando esta se hace con el vehículo del vendedor.
En general, los cargos de manejo están sujetos a impuestos. Si cobra un único importe por “franqueo y manejo” o “envío y manejo”, solo la parte del cargo que representa el importe real de envío o entrega no es imponible, mientras que la parte del cargo que representa el importe de manejo, en general, es imponible (para más información, consulte la publicación 100, Shipping and Delivery Charges [cargos de envío y entrega]).
Los cargos de envío o manejo imponibles que se agregan a las compras o ventas que califican para la exención parcial para equipo de fabricación e investigación y desarrollo también están parcialmente exentos. Ejemplo: una persona calificada compra equipo de fabricación y paga $80 por “envío y manejo”. El costo real del envío por el transportista para entregarlo a la persona calificada es de $30. El cargo de envío de $30 está exento de impuestos. El impuesto se aplica a los $50 restantes de cargos de manejo a la tasa de impuesto parcial. Para fundamentar los cargos de envío no imponibles, el vendedor debe llevar registros de los costos de envío reales.
Presentar un reclamo para un reembolso
Si compró bienes elegibles a la tasa de impuestos total, podría tener derecho a recibir un reembolso por cualquier impuesto pagado en exceso.
Por ejemplo, si compró maquinaria y pagó impuestos a la tasa de 7.25 % y la compra califica para la exención parcial, la tasa de impuestos aplicable para la transacción es de 3.3125 %. Podrá reclamar el reembolso en cualquier momento dentro del plazo de prescripción (en general, tres años). Si desea reclamar un reembolso por impuestos pagados en exceso sobre compras elegibles de equipo de fabricación e investigación y desarrollo, los procedimientos variarán dependiendo del impuesto al que estaba sujeta la compra original (sobre ventas o sobre uso).
Si pagó impuestos sobre el uso (en general, aplica para las compras a vendedores fuera del estado), puede presentar un reclamo de reembolso directamente ante el CDTFA. Solo debe completar el formulario CDTFA-101, Claim for Refund and Credit (reclamo de reembolso y crédito fiscal) y enviarlo a la dirección proporcionada. Indique que los bienes comprados califican para la exención parcial del impuesto sobre ventas y uso para equipo de fabricación e investigación y desarrollo como motivo del reembolso.
Si pagó impuestos sobre ventas, debe pedirle el reembolso al vendedor. Este, luego, presentará un reclamo de reembolso ante el CDTFA. Como comprador, tendrá que darle al vendedor un certificado de exención parcial (CDTFA-230-M o similar) completado y prueba documental de que la compra original debería haber calificado para la exención parcial.
Para obtener más información sobre los reembolsos, consulte la publicación 117, Filing a Claim for Refund (presentar un reclamo de reembolso).