
Requisitos de la exención para equipos y edificios de fabricación, investigación y desarrollo y energía eléctrica
Persona calificada
Por "persona calificada" se entiende una persona que se dedica principalmente a las líneas de negocio descritas en los códigos 3111 a 3399, ambos inclusive, 22111 a 221118, ambos inclusive, 221122, 541711 o 541712 del Sistema de Clasificación de la Industria de América del Norte (NAICS). El código calificado del NAICS se basa en la edición de 2012 publicada por la United States Office of Management and Budget (Oficina de Gestión y Presupuesto de los Estados Unidos). (Vea la sección Entender su código del NAICS bajo la pestaña Temas de la industria)
Estas industrias representadas por estos códigos del NAICS incluyen generalmente a aquellas principalmente dedicadas a las actividades de cualquier forma de fabricación, investigación y desarrollo en biotecnología; investigación y desarrollo en física, ingeniería y ciencias de la vida; y generación y producción, almacenamiento o distribución de energía eléctrica. (Vea Generación o producción, almacenamiento o distribución de energía eléctrica en la página Temas de la industria)
Una persona calificada puede "dedicarse principalmente" a estas actividades como persona jurídica o bien como un establecimiento dentro de una persona jurídica.
Para dedicarse principalmente como persona jurídica o establecimiento debe, en el ejercicio anterior:
- haber obtenido el 50 por ciento o más de los ingresos brutos (incluidas las cargas entre empresas) de una línea de negocio elegible, o bien
- haber dedicado el 50 por ciento o más de los gastos operativos a una línea de negocio elegible.
A los fines de la investigación y desarrollo, los ingresos brutos pueden derivar, entre otras cosas, de la venta de servicios de investigación y desarrollo o de la concesión de licencias de propiedad intelectual resultante de la investigación y desarrollo. (Vea la sección Investigaciòn y desarrollo en la página Temas de la industria)
Alternativamente, un establecimiento está principalmente dedicado si, en el año fiscal anterior, distribuyó, asignó o derivó el 50 por ciento o más de cualquiera de lo siguiente a una línea de negocio elegible:
- Sueldos y salarios de los empleados,
- Valor de la producción, o
- Número de empleados basado en una equivalencia a tiempo completo.
En los casos en que el comprador no se haya dedicado principalmente a una línea de negocio elegible en el año fiscal anterior, puede usarse el período de un año posterior a la fecha de compra del bien.
Salvo por lo expuesto más adelante, "persona calificada" generalmente no incluye:
- Comercios o empresas de asignación, distintos de un comercio o empresa agrícola de los descritos en la subdivisión (c)(1) de la sección 25128 del Revenue and Taxation Code (Código de Ingresos e Impuestos) (R&TC), que deban asignar sus ingresos comerciales de conformidad con la subdivisión (b) de la sección 25128 del R&TC. Un comercio o empresa de asignación es aquel cuyos ingresos comerciales están sujetos a los impuestos sobre los ingresos de sociedades o comerciales de varias jurisdicciones (estados). Para más información, póngase en contacto con la Franchise Tax Board (Junta de Impuestos de Franquicia) de California o visite su página web sobre asignaciòn.
- Comercios o empresas llevados a cabo en su totalidad dentro de este estado, excepto un comercio o empresa agrícola de los descritos en la subdivisión (c)(1) de la sección 25128 del R&TC, que estarían obligados a asignar sus ingresos comerciales de conformidad con la subdivisión (b) de la sección 25128 del R&TC si estuvieran sujetos a la asignaciòn de conformidad con la sección 25101 del R&TC.
En general, estos comercios o empresas de asignación generan más del 50 por ciento de sus ingresos brutos comerciales de una actividad comercial extractiva, una actividad de ahorro y préstamo, o una actividad comercial bancaria o financiera conforme la definición del inciso (d) de la subdivisión 25128 del R&TC.
Importante: Antes del 1 de enero de 2018, un comercio o empresa agrícola de las descritas en la subdivisión (c)(1) de la sección 25128 del R&TC también estaba excluido de la definición de "persona calificada" si estaba obligado a asignar sus ingresos comerciales de conformidad con la subdivisión (b) de la sección 25128 del R&TC, o habría estado obligado a asignar sus ingresos comerciales de conformidad con la subdivisión (b) de la sección 25128 de R&TC si estuviera sujeto a asignación de conformidad con la sección 25101 del R&TC.
Bienes muebles tangibles calificados
"Bienes muebles tangibles calificados" incluye, entre otras cosas:
- Maquinaria y equipo, incluidas partes y artefactos componentes tales como correas, ejes, partes móviles y estructuras de operación.
- Equipo o dispositivos usados o necesarios para operar, controlar, regular o reparar la maquinaria incluyendo, entre otras cosas, computadoras, equipo de procesamiento de datos y software de computadora, en conjunto con todas las partes de reparación y reemplazo que tengan una vida útil de un año o más, ya sea que hayan sido compradas por separado o en conjunto con una máquina completa, e independientemente de si la máquina o las partes componentes son ensambladas por la persona calificada u otra persona. (Vea la sección Vida útil en la página Temas de la industria)
- El equipo operativo (como computadoras, tabletas, impresoras y servidores) usado para hacer funcionar al equipo de fabricación es elegible para la exención bajo este programa si se usa para actividades elegibles.
- Bienes muebles tangibles usados para el control de la contaminación que cumplan o superen las normas establecidas por este estado o cualquier agencia gubernamental local o regional de este estado. (Vea la sección Control de la contaminación en la página Temas de la industria)
- Edificios de propósitos específicos y cimientos que se usen como parte integral del proceso de producción, procesamiento, refinación, fabricación o reciclaje, o que constituyan instalaciones de investigación o almacenamiento usadas durante dichos procesos. Los edificios usados únicamente con fines de almacenamiento luego de la finalización de dichos procesos no se incluyen. (Vea la sección Edificios de propósitos específicos en la pestaña Temas de la industria)
- Desde el 1 de enero de 2018, la definición de "bienes muebles tangibles calificados" se amplió para incluir los establecimientos y edificios de propósitos específicos que sean parte integral del proceso de generación, producción, almacenamiento o distribución de energía eléctrica.
"Bienes muebles tangibles calificados" no incluye:
- Bienes consumibles con una vida útil inferior a un año. Se considera que los bienes muebles tangibles que se deduzcan en virtud de las secciones 17201 y 17255 o 24356 del R&TC en una declaración de impuestos estatales de franquicia o sobre los ingresos tienen una vida útil de uno o más años de acuerdo con la sección 6377.1 del R&TC.
- Muebles, inventario, y equipo usado en el proceso de extracción, o equipo usado para almacenar productos terminados que hayan completado el proceso de producción, procesamiento, refinación, fabricación o reciclaje.
- Bienes muebles tangibles usados principalmente para fines administrativos, de gerencia general o marketing. Por más que su código del NAICS sea elegible para la exención, las compras hechas para otras actividades de sus operaciones, como distribución y ventas, no son elegibles para la exención.
Los arrendamientos de bienes muebles calificados también pueden calificar para la exención parcial. Si el arrendamiento califica, todos los pagos vencidos y pagados en el período de elegibilidad del 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2030 califican para la exención parcial independientemente de la fecha de comienzo del arrendamiento. (Vea Arrendamientos en la página Temas de la industria)
Usos calificados
Los bienes muebles tangibles deben ser usados principalmente (50 por ciento o más del tiempo) para alguno de los siguientes fines:
- Para cualquier etapa del proceso de producción, procesamiento, refinación, fabricación o reciclaje
- Investigación y desarrollo.
- Para mantener, reparar, medir o probar cualquier bien mueble tangible calificado de los descritos en la sección anterior (vea Bienes muebles tangibles calificados) o
- Para la generación o producción, almacenamiento o distribución de energía eléctrica.
- Para ser usados por un contratista que compre el bien para usarlo para llevar a cabo un contrato de construcción para una persona calificada, siempre que la persona calificada vaya a usar la mejora sobre el bien mueble resultante como parte integral del proceso de producción, procesamiento, refinación, fabricación o reciclaje, para la generación o producción, almacenamiento o distribución de energía eléctrica, o como instalaciones de investigación o almacenamiento a usar en conexión con esos procesos. (Vea Contratistas de construcción en la página Temas de la industria)
"Generación o producción" significa la actividad de hacer, producir, crear o convertir energía eléctrica de fuentes que no sean una fuente de energía convencional como las define el artículo 2805 del Public Utilities Code (Código de servicios públicos). "Almacenamiento y distribución" significa almacenar o distribuir a través de la red eléctrica, pero no transmitir energía eléctrica a los consumidores, independientemente de la fuente.
A los fines de esta exención, el proceso de fabricación empieza en el momento en que la materia prima es recibida por la persona calificada e introducida en la actividad de producción, procesamiento, refinación, fabricación o reciclaje de la persona calificada, y termina en el momento en que la actividad haya transformado al producto a su forma terminada, incluyendo el empaquetado, si se requiere.